Después de que las defensas de los acusados en el "caso Musel" describiesen esta semana el auto judicial de la jueza Lamela como una "auténtica vergüenza" por limitarse a describir "indicios" y no pruebas de supuestos delitos, el abogado de la acusación particular, Manuel Junquera, se posicionó ayer en el lado opuesto de la balanza: "Cada vez está más claro que hubo un delito de prevaricación al expropiarse las fincas del Alto Aboño para las obras en El Musel; las defensas ven indicios donde yo veo certezas".

El Juzgado Central de Instrucción número 3, con sede en la Audiencia Nacional, renunció esta semana a sobreseer el caso citado, manteniendo, así, abiertas diligencias previas contra los investigados por lo que la jueza define como "indicios racionales de criminalidad". Los abogados defensores de Fernando Menéndez Rexach y José Luis Díaz Rato -presidente y director de la Autoridad Portuaria de Gijón en los años de las supuestas irregularidades, respectivamente- definieron ayer la situación legal del caso como una "venganza política" y aseguraron que en los escritos leían "elucubraciones" en vez de indicios o pruebas. Junquera, sin embargo, hizo ayer una lectura bastante distinta de la investigación. "Creo que cuando las defensas hablan de indicios hacen referencia a todo el tema de sobrecostes y modificado durante las obras de ampliación de El Musel. Quiero recordarles que también alegamos un segundo delito, el de prevaricación, y que tiene que ver con la expropiación que se llevó a cabo en el Alto Aboño", explicó. "En el último apartado de su escrito el fiscal sí que hace referencia a ello y dice que se les va a acusar. Rexach, al fin y al cabo, era el legal representante de la Autoridad Portuaria y, a mi modo de ver, es el responsable de haber promovido la expropiación", añadió.

La acusación particular en el caso surge en defensa de los derechos del vecino José Prendes, uno de los expropiados, y la asociación vecinal de Alto Aboño, localidad de Carreño limítrofe con la zona de ampliación portuaria. La razón por la que Junquera ve claro este segundo delito de prevaricación reside en que, según explica, la expropiación en la zona buscaba que en las obras de El Musel pudiesen usarse más de diez millones de metros cúbicos de material petral y que, finalmente, no se utilizaron. "Pero lo que sí hicieron los investigados fue destruir toda la zona por completo. ¿Qué sentido tiene? ¿Para qué expropiar un terreno por su materiales y destruirlo antes de extraer nada? En esa zona había varias parcelas, casas, un hórreo... Su derribo ocasionó un demérito al resto de propietarios. La zona ya no vale lo mismo económicamente", resumió el letrado. "Creemos que se destruyó todo para bloquear el denominado derecho de reversión. Cuando las actividades tras una expropiación no se destinan a un fin público, los afectados tienen derecho a recuperar su propiedad. Rexach y los demás autorizaron este derribo para evitarlo. Eran conscientes de lo que hacían y eso se llama prevaricación", sentenció.