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El Ayuntamiento de Gijón devolverá 248.000 euros de plusvalía a los dueños de Los Fresnos

El valor patrimonial del inmueble había descendido entre la compra inicial y la posterior venta, lo que exime a la empresa de pagar el tributo municipal

Centro comercial Los Fresnos. ÁNGEL GONZÁLEZ

El Ayuntamiento de Gijón ha sido condenado a devolver los 248.310 euros que ingresó gracias al Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (conocido popularmente como plusvalía) por la compraventa del centro comercial Los Fresnos. Los dueños -Redevco Retail España, filial del grupo holandés Redevco- se hicieron cargo de esta superficie en 2007 por 34,6 millones de euros para luego venderla a otra sociedad del mismo grupo en febrero de 2016, nueve años después, por 21,6 millones de euros. Por aquel entonces, desde el Ayuntamiento de Gijón, al igual que en otros municipios españoles, se cobraba la plusvalía en cada transacción de este tipo independientemente de si el valor del terreno hubiese aumentado o disminuido, como en este caso.

Los dueños del centro comercial del barrio de El Llano recurrieron el cobro de ese impuesto -habían sufrido una pérdida patrimonial de 12,9 millones de euros- realizado por el Ayuntamiento. No obstante, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Gijón dio la razón al Consistorio argumentando que debe ser el contribuyente quien argumente esa pérdida patrimonial, algo que a ojos del juzgador no hizo la empresa propietaria de Los Fresnos.

No obstante, todo cambió a partir del pasado junio, mes en el que el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) emitió una sentencia que sentaba jurisprudencia: los ayuntamientos solo podrían cobrar la plusvalía en los casos en los que no existiese ganancia siempre y cuando -y ahí está el matiz diferenciador- pudiese demostrarlo. A partir de esa sentencia todas las emitidas desde el TSJA han ido en la misma línea, incluida esta última que obliga al Ayuntamiento de Gijón a devolver los 248.310 euros a los dueños del centro comercial.

Sin legislación

Sin legislaciónGijón ingresó en 2017 alrededor de 17 millones de euros gracias a este impuesto que se cobraba hubiese habido ganancia patrimonial o no, pero una sentencia del Tribunal Constitucional declaró inconstitucional exigir el pago en los casos en los que no existiese ganancia alguna. A partir de ahí muchos ayuntamientos siguieron esta nueva doctrina a la espera de una nueva ley nacional que regule este tributo. Mientras, el Ayuntamiento de Gijón dejó de cobrarlo hace más de un año siguiendo las directrices del Constitucional.

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