Un matrimonio recuperará todos los ahorros invertidos en las 2.041 acciones, por valor de 2.551,25 euros, que adquirió del Banco Popular en 2016 al lograr la devolución íntegra de la inversión a través de una sentencia firme de un juez de Gijón que condena a la entidad bancaria. El demandante, representado por el abogado Rubén Cueto, alegaba que había un "vicio en el consentimiento" y solicitaba que se declarase tanto la nulidad del contrato, suscrito el 7 de junio de 2016, como la "negligencia" de la entidad en el cumplimiento de sus obligaciones de "diligencia, lealtad e información". La entidad argumentó que la acción no era "un producto complejo" y que el demandante pudo vender "en cualquier momento". El juez de Primera Instancia número 3 sostiene que los datos en la ampliación de capital "no eran correctos y estaban distorsionados", y la información financiera no daba una "imagen fiel" por lo que fue anulada.