La Audiencia Provincial de Burgos ha rechazado el concurso que el Sareb había presentado contra el plan de liquidación de Astur Promotora Urbana 2004, plan que contempla la venta de los terrenos de la Ería del Piles, dando la razón al administrador concursal, Eduardo López Máñez.

El Sareb había impugnado que el plan de liquidación establezca que sea el adquirente de los bienes y derechos de Astur Promotora Urbana 2004 quien tenga que correr con los gastos relativos al pago de impuestos municipales, como la plusvalía o los impuestos sobre los bienes inmuebles (IBI) que estén pendientes de pago. La Audiencia Provincial de Burgos ha confirmado la validez de la cláusula relativa al pago de esos impuestos.

La resolución judicial que da la razón al administrador concursal de Astur Promotora está fechada en el pasado 12 de diciembre, si bien fue notificada ayer a la administración concursal. Eduardo López Máñez a su vez ha informado acerca del fallo judicial al Ayuntamiento de Gijón.

El plazo que establece el plan de liquidación es de un año a partir de que el mismo sea firme para que se produzca la venta de los bienes de la concursada. Esto significa que, tras este fallo judicial, la venta de los terrenos de la Ería del Piles tendrá que estar ejecutada para diciembre del año que viene. En el caso de que quedara desierta la venta, los bienes se los podrían adjudicar los acreedores que tienen derechos hipotecarios sobre esos terrenos, que son el Sareb -al que transfirió sus derechos hipotecarios Liberbank- y un fondo de inversión canadiense, que adquirió los derechos hipotecarios del Banco Sabadell-Herrero.

Interés por adquirir los terrenos ya hay. De hecho la empresa vasca Maceribe tiene un derecho de adquisición preferente después de haber aportado fondos para que la administración concursal pudiera depositar la fianza en el Ayuntamiento para que avanzara el desarrollo urbanístico de esos terrenos.

Si en los juzgados de lo mercantil avanzan los planes para la Ería del Piles, no ocurre lo mismo en los juzgados de lo contencioso administrativo. El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha anulado, en una sentencia dictada el pasado 30 de noviembre, la aprobación de la modificación puntual del PGO de 1999 de la UA 100 (la Ería del Piles), dando la razón a los vecinos de los tres chalés que quedan en la zona, que habían impugnado esa decisión municipal. La modificación se incluyó posteriormente en el nuevo PGO en tramitación como un área de planeamiento incorporado.