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Condenada por grave imprudencia la mujer que arrolló a un joven motorista en Somió

La jueza impone a la acusada un año y tres meses de cárcel y le retira el carné durante dos años

El atropello al motorista en Somió en 2015. LNE

La conductora gijonesa de 50 años que arrolló a un joven motorista en la parroquia de Somió y al que provocó importantes secuelas -perdió el bazo y el riñón, sufre alteraciones de sueño y memoria, varias cicatrices y le impidió convertirse en Policía Nacional- ha sido finalmente condenada por un delito de imprudencia grave a un año y tres meses de cárcel por la magistrada del Juzgado de lo Penal número 3 de Gijón, que le impone además la prohibición de conducir vehículos a motor durante los próximos dos años. Esta mujer gijonesa, que responde a las iniciales A. M. M. M. A., deberá pagar también las costas del proceso, incluidas las de la acusación particular que ejerció la familia del joven damnificado, representados por la abogada Sylvia Garrido Galindo.

La sentencia, contra la que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, considera probado que esta mujer conducía un vehículo de grandes dimensiones por la avenida de Dionisio Cifuentes, en la parroquia de Somió, y que al llegar al cruce de esta vía con la carretera de Somió, la cual pretendía atravesar la acusada para adentrarse en el camino de la Gola situado en frente -en el que existe una señal de stop-, "irrumpió en la calzada y se introdujo en el cruce sin cerciorarse de que no circulara ningún vehículo por la vía preferente".

Esa maniobra provocó que se interpusiese "en la trayectoria de la motocicleta que conducía el joven (entonces de 18 años) por el carril derecho de la carretera de Somió procedente del Puente del Piles". En ese momento, "al verse sorprendido por la aparición súbita e inesperada del vehículo conducido por la acusada" y "pese a que trató de realizar maniobra evasiva", el joven "no pudo evitar la colisión, impactando la motocicleta y su conductor contra el lateral del vehículo" de la ahora condenada.

La sentencia estima que el joven en motocicleta era perfectamente visible para la acusada desde 76 metros de distancia y las condiciones atmosféricas no eran adversas. Además, cuando se incorporó la motocicleta al cruce estaba a una distancias de unos 44 a 56 metros. Sobre la velocidad, estima la magistrada, el joven circulaba a entre 52 y 57 kilómetros por hora.

El razonamiento de la jueza en su sentencia concluye que la procesada "incurrió claramente en una conducta imprudente con clara desatención a las normas reguladoras de la circulación", lo que implica una imprudencia grave tal y como pedía de inicio la acusación particular. Una versión a la que también se adhirió la fiscalía después de escuchar declarar a la conductora durante el juicio, que tuvo lugar el pasado 4 de febrero.

Graves secuelas

Las lesiones sufridas por el joven y las secuelas que le quedaron ocupan un folio entero de la sentencia. En resumen, y tras pasar 52 días hospitalizado -varios en coma- y tardar 335 días en recuperarse, le quedaron como secuelas la pérdida del bazo y de un riñón; alteraciones del carácter, sueño y memoria; alteración hepática leve; atrofia del nervio óptico del ojo izquierdo y varias secuelas estéticas como cicatrices en el cuello (por una traqueotomía), abdomen, región lumbar y rodilla.

El joven, además, quería convertirse en Policía Nacional, tal y como lo había sido su padre, ya fallecido, pero el atropello de su moto lo impidió. Por todo ello resultó indemnizado antes del juicio.

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