Un hombre se enfrenta a una pena de 12 años y 10 meses de prisión acusado de vejar, maltratar, amenazar y agredir física y sexualmente a la que fuera su pareja, con la que además tiene un hijo. Desde el comienzo de la relación, el encausado sometió a la mujer a continuos desprecios e insultos, entre ellos "que la iba a matar, que era una loca, una zorra, una puta, una cerda, que estaba vieja y que sólo servía para ser puta y sin cobrar", según relata el ministerio fiscal.

La Fiscalía sostiene que el acusado y la víctima mantuvieron durante años una relación sentimental, llegando a convivir juntos en Gijón. El menosprecio fue una constante hasta que comenzaron también las agresiones físicas.

La situación aún fue a más. En la madrugada del 11 al 12 de marzo de 2017, en la vivienda que ambos compartían, el acusado quiso tener relaciones sexuales pero la mujer se opuso, lo que no impidió que el acusado insistiera y la agrediera sexualmente, según la versión del fiscal.

La mujer le recriminó y ambos comenzaron a discutir, y al día siguiente ella decidió abandonar la vivienda familiar y refugiarse en casa de una vecina, desde donde llamó a una amiga y posteriormente a la Policía.

El Juzgado de Violencia Sobre la Mujer acordó, el 14 de marzo de 2017, una orden de protección a favor de la mujer por la que se prohibió al procesado aproximarse a ella a menos de 200 metros, de su domicilio y de su centro de trabajo, así como comunicarse con ella por cualquier medio.

Los gastos para el Servicio de Salud del Principado de Asturias por la asistencia prestada a la víctima ascendieron a 212 euros, si bien la mujer renunció a cuantas acciones civiles o penales pudieran corresponderle por estos hechos.

Ahora, la Fiscalía imputa al acusado la comisión de los delitos de agresión sexual, violencia sobre la mujer, amenazas, maltrato habitual y vejaciones injustas contra su expareja. Por todo ello, solicita una pena que suma doce años y diez meses de prisión.

Además, el encausado no podrá acercarse a la mujer a menos de 500 metros ni comunicarse con ella durante dieciséis años y seis meses.

Asimismo, se interesa que, en concepto de responsabilidad civil, el acusado indemnice al Servicio de Salud del Principado de Asturias con 212 euros.