La Fiscalía de Área de Gijón solicita la condena de una pareja acusada de abusar sexualmente de sus dos sobrinos, niño y niña, menores de edad -ella de 9 años y el niño de 4 años-, cuando se quedaban encargados de su cuidado, una vez a la semana, durante más de un año.

El Ministerio Fiscal sostiene que los acusados, un hombre y su entonces pareja sentimental, desde aproximadamente el mes de marzo del año 2016 hasta el mes de julio del año 2017 en el caso de la acusada, y hasta aproximadamente el día 20 de septiembre de 2017 el acusado, residieron en el domicilio de la hermana de la acusada en Gijón, junto a esta, su marido y sus dos hijos menores de edad, una niña, nacida en 2007, y un niño, nacido en 2012.

Durante ese período de convivencia, los acusados, de manera constante y reiterada, en su día de descanso laboral, todos los miércoles, se ocupaban del cuidado de los dos menores, quedándose a solas con ellos en el domicilio, mientras sus progenitores se encontraban trabajando, aprovechando dicha circunstancia para abusar sexualmente de ellos.

"Vamos a jugar a un juego de mayores"

Así el acusado, cada vez que se quedaba a solas con la menor en el salón del domicilio, con ánimo libidinoso, le hacía tocamientos y le exhibía vídeos de contenido sexual, llegando a tocarse los genitales delante de la niña, a la vez que le decía: “Vamos a jugar a un juego de mayores, pero no puedes decir nada a nadie porque es un secreto entre tú y yo”. Asimismo, la acusada, tía materna de los menores, cuando se quedaba a solas con el menor le daba besos en la boca, instando al niño a que se los diese a ella, a que le tocases sus partes íntimas mientras ella estaba desnuda, accediendo el menor a realizar tales conductas, dada la falta de capacidad para entender el contenido de las mismas.

A consecuencia de estos hechos, la menor ha desarrollado una aversión al contacto con adultos de género masculino y conductas de evitación de estímulos vinculados con los actos abusivos, comportamientos regresivos (enuresis y encopresis) e inhibición. A consecuencia de los hechos, el menor presenta una conducta sexualizada y posible agravamiento de problemas de conducta.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de:

A) Un delito de abuso sexual continuado del artículo 183.1 y 4. a) y d) del Código Penal en relación con lo dispuesto en el artículo 74.1 y 3.

B) Un delito de abuso sexual continuado el artículo 183.1 y 4.a) y d) del Código Penal, en relación con lo dispuesto en el artículo 74.1. y 3.

Del delito del apartado A) respondería el acusado.

Del delito del apartado B) respondería la acusada.

Y solicita que se condene al acusado a 6 años de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como la prohibición de aproximarse a la menor a menos de 500 metros durante 9 años, a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier lugar donde se encuentre y la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio durante el mismo periodo de tiempo.

Y a la acusada, a 6 años de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como prohibición de aproximarse al menor a menos de 500 metros durante 9 años, a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier lugar donde se encuentre y la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio durante el mismo periodo de tiempo.

El Ministerio Fiscal, interesa asimismo que se imponga a los acusados la medida de libertad vigilada por un periodo de 5 años y con cumplimiento de las siguientes medidas:

Comunicar inmediatamente en el plazo y por el medio que se establezca cualquier cambio de domicilio o lugar de residencia.

  • Prohibición de aproximarse y comunicarse con las víctimas.
  • Prohibición de desempeñar determinadas actividades que puedan ofrecerles o facilitarles la ocasión de cometer hechos delictivos de similar naturaleza.
  • La obligación de participar en programas formativos, laborales, culturales, de educación sexual u otros similares.

En concepto de responsabilidad civil, la Fiscalía solicita que el acusado indemnice a la menor con 10.000 euros por el daño moral causado, y que la acusada indemnice al menor con otros 10.000 euros por el mismo concepto, todo ello más los intereses legales correspondientes y el abono de las costas procesales.

Atención a víctimas

En Asturias, varias asociaciones dan apoyo a mujeres víctimas de cualquier tipo de agresión, tanto física como psicológica o sexual. Una de ellas es el el Centro de Atención a Víctimas de Agresiones Sexuales y Malos Tratos de Asturias (CAVASYM), que lleva años dan apoyo psicológico y jurídico a las víctimas de estos episodios.