La joven pareja acusada de abusar sexualmente de sus sobrinos -una niña de nueve y un niño de cuatro años- aprovechando que se quedaban a su cargo mientras que los padres trabajaban negaron esta mañana todos los cargos y afirmaron ante el tribunal de la Sección Octava de la Audiencia que en ningún momento se quedaron a solas con los menores. "Siempre estaban los padres delante", declararon los dos procesados en versiones coincidentes y en las que justificaron la denuncia contra ellos como "una venganza" tras salir del negocio hostelero en el que trabajaban junto a los padres de los niños. No obstante, los menores les culparon de los hechos. "Fueron mi tía y mi tío", comentaron tajantemente los dos hermanos al declarar detrás de un biombo sobre los abusos sexuales sufridos.

Según la Fiscalía, el acusado, cada vez que se quedaba a solas con la menor en el salón del domicilio, con ánimo libidinoso, le hacía tocamientos y le exhibía vídeos de contenido sexual, llegando a tocarse los genitales delante de la niña, a la vez que le decía: "Vamos a jugar a un juego de mayores, pero no puedes decir nada a nadie porque es un secreto entre tú y yo". Asimismo, la acusada, tía materna de los menores, cuando se quedaba a solas con el menor le daba besos en la boca, instando al niño a que se los diese a ella, a que le tocases sus partes íntimas mientras ella estaba desnuda, accediendo el menor a realizar tales conductas, dada la falta de capacidad para entender el contenido de las mismas.

El juicio seguirá mañana jueves con más testigos y los peritos. Concluida la parte testifical del proceso, las partes expondrán sus conclusiones. Por el momento, la Fiscalía pide para cada uno de ellos seis años de cárcel, nueve de alejamiento y un lustro de libertad vigilada así como el pago de 10.000 euros a cada menor por los daños morales causados. La acusación particular, ejercida por la familia, representada por el abogado Alejandro Fernández Sánchez, solicita ocho años de cárcel para el varón, al atribuirle además el delito de exhibir un vídeo pornográfico a la niña.

Las medidas de libertad vigilada, en el caso de resultar condenados, incluye:

  • Comunicar inmediatamente en el plazo y por el medio que se establezca cualquier cambio de domicilio o lugar de residencia.
  • Prohibición de aproximarse y comunicarse con las víctimas.
  • Prohibición de desempeñar determinadas actividades que puedan ofrecerles o facilitarles la ocasión de cometer hechos delictivos de similar naturaleza.
  • La obligación de participar en programas formativos, laborales, culturales, de educación sexual u otros similares.