Con un informe técnico de desestimación firmado por la interventora municipal y la jefa del servicio de gestión de ingresos llegan hoy a la Comisión de Hacienda las dos alegaciones presentadas al proyecto de ordenanzas fiscales del Ayuntamiento de Gijón para 2020, que de manera provisional aprobó el Pleno en octubre. Alegaciones firmadas por la Federación Asturiana de Empresarios (FADE) y la entidad Otea de hostelería y turismo de Asturias y que en ambos casos se centran en el rechazo al IBI diferenciado o "IBI para ricos".

La votación en comisión de las alegaciones por la representación política municipal es el paso previo a su votación definitiva en el Pleno de mañana. Las ordenanzas fiscales se aprobaron gracias a la suma de los votos de PSOE, IU y Podemos-Equo. El IBI diferenciado fue una de sus grandes novedades y elemento central en la coincidencia de voto de la izquierda. Supone elevar del 0,45 al 0,79% el tipo de IBI aplicable a propiedades inmobiliarias con un valor catastral superior al millón de euros y uso empresarial no industrial. Ese mismo tipo se aplicará a los denominados bienes de características especiales (Bices), donde está el Puerto.

Para la FADE, y así se explica en su alegación, es "una subida radical de un 75,5% de una sola vez que puede producir efectos insospechados en determinadas actividades económicas. La falta de una mínima progresividad temporal entraña un grave riesgo dado el imprevisible impacto que puede producir en determinadas actividades económicas". La reclamación que firma Alberto González alerta de problemas de viabilidad que pueden llevar en algunos casos al cierre de empresas y de una "alteración de las condiciones de competencia ya que la subida se aplicará al 10% de las propiedades con mayor valor catastral de cada uno de los ámbitos afectados: almacén/estacionamiento, comercial, ocio y hostelería y oficinas.

La alegación de Otea la firma José Luis Álvarez Almeida y en ella se describe el IBI diferenciado como "un lastre para la pervivencia de las empresas ya existentes en cuanto puede producir efectos no previstos que afecten a su futura viabilidad" y un elemento que coarta la creación de nuevas empresas generando un "efecto discriminatorio" por la ubicación territorial del negocio. A partir de un estudio propio hecho entre hoteles de cuatro estrellas y con datos de 2018, Otea concluye que la media del incremento del impuesto será de 23.321,86 euros al año. Sus cálculos suponen que para mantener el mismo resultado financiero que antes de la subida tendrían que aumentar sus ventas en 83.500 euros, lo que supondría vender 1.060 habitaciones más y con una subida de 2,99 euros en la tarifa media diaria.

El informe emitido por los servicios técnicos se centra en la total adecuación de la decisión municipal al "marco legalmente vigente". Aun así plantea matizaciones a los argumentos de los reclamantes. Por ejemplo, no aprecia la alteración que ve la FADE de la competencia entre empresas del mismo sector ya que, dice, las diferencias entre los inmuebles de mayor valor gravados con el 0,45% y los de menor valor al que se aplica el 0,79% oscila entre los 19.802 y los 360.880 euros. Sobre las pruebas de Otea dice que "más que apreciar arbitrariedad confirman su ausencia, sin perjuicio de las legítimas discrepancias de opinión sobre aspectos políticos o económicos". La decisión final es del Pleno. Si se mantiene la desestimación, las nuevas ordenanzas quedarán aprobadas de manera definitiva.