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Retiran la pensión a un esquizofrénico de 35 años al estimar que "puede trabajar"

La enfermedad "no inhabilita para todos los empleos", según la jueza, que libera al padre de pagarle 380 euros al mes, como hace desde hace tres décadas

Retiran la pensión a un esquizofrénico de 35 años al estimar que "puede trabajar"

Un gijonés de 35 años con esquizofrenia paranoide ha visto extinguido su derecho a recibir la pensión de alimentos después de que una jueza -la Audiencia ha ratificado la sentencia- estimase que su discapacidad, del 56%, no supone un impedimento para lograr un trabajo y así ganarse la vida por sí mismo. Así lo venía su progenitor, que ha estado pagando una pensión de 380 euros al mes durante más de tres décadas.

El padre, que ha estado representado por la abogada Beatriz Rodríguez Zapico, solicitó la modificación de medidas para extinguir la pensión alimenticia fijada a favor de su hijo -fijada tras separarse de la madre en 1986- al entender que la enfermad no le incapacitaba para acceder al mundo laboral, puesto que llevaba una vida normal y su actividad diario "no difería d la que pudiese llevar una persona de su edad". Su hijo salía con amigos, fumaba o tenía permiso de conducir.

Con su otro hijo, al que también pasó pensión de alimentos durante años, había acordado dejar de abonarla después de ayudarle a encontrar trabajo y así ingresar en el mercado laboral. Distinto guion fue con su otro hijo, que se agarró a la enfermedad para seguir percibiendo esos ingresos. Es por ello que a la decisión de modificar las medidas se opuso la madre del joven, entendiendo que ese trastorno mental le impedía trabajar y es por ello que el caso acabó en juicio.

"Parasitismo"

La magistrada del Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Gijón avaló la tesis del padre al entender que "no consta prueba que demuestre que la esquizofrenia inhabilita para todos los trabajos". "Hay otras muchas actividades laborales que sí está en condiciones de cumplir, aun siendo a tiempo parcial" por lo que "no es legítimo que el padre deba verse obligado a sostener a su hijo indefinidamente por tener una esquizofrenia", expone la jueza en la sentencia. Entre sus argumentos, además, está en que si el joven "es capaz de ir al gimnasio o sacarse el carné de conducir también es capaz de relacionarse lo bastante como para lograr un puesto de trabajo que le dote de autonomía". Es más, "los alimentos de un mayor de edad están para atender gastos estrictamente necesarios, no para otro tipo de actividades como los gastos del traje y los zapatos" que llevó a una boda, según refleja la jueza.

La sentencia fijó un plazo de seis meses en los que el padre debería seguir pagando esa pensión -desde que su hijo cumplió la mayoría de edad este gijonés pagó en total 77.520 euros en diecisiete años- mientras planificaba su futuro inmediato. Un plazo que ha expirado coincidiendo con la firmeza de la sentencia que acaba de mantener la Sección Séptima de la Audiencia Provincial. "El padre del menor siempre quiso que su hijo se labrase un futuro que le permitiera vivir de manera independiente y pensó que extinguir la pensión supondría un acicate para el cambio de actitud de su hijo", explica Beatriz Rodríguez Zapico. A juicio de la letrada "está claro que las pensiones de alimentos no pueden eternizarse 'sine die' cuando no hay intentos ni en trabajar ni en estudiar; hay que evitar los casos de parasitismo".

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