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Dos años de cárcel por agredir sexualmente a una joven en un portal de la calle Espronceda

El tribunal, que impone al condenado el pago de 1.700 euros por los daños causados, ve "preciso y coherente" el relato de la víctima, que logró escapar

Palacio de Justicia de Gijón Julián Rus

El gijonés de 20 años acusado de agredir sexualmente a una joven a la que abordó en la calle Espronceda en febrero del año pasado ha sido condenado a dos años de cárcel, tres de alejamiento y el pago de 1.700 euros de indemnización después de que la Sección Octava de la Audiencia diese plena credibilidad al relato de la víctima, que "reconoció a su agresor sin género de dudas y sin titubeos". El procesado había declarado en el juicio, celebrado en marzo y poco antes de decretarse el estado de alarma, que se encontraba "en casa de su novia" en el momento en el que ocurrieron los hechos. Pero el tribunal sostiene que, pese a los testigos, le dio tiempo a cometer la agresión en el intervalo de tiempo descrito por la víctima.

La sentencia considera en sus hechos probados que este joven de 20 años -responde a las iniciales D. S. S. B., es vecino de Gijón y natural de Ecuador- abordó de forma sorpresiva a su víctima en la calle Espronceda, cuando ella acaba de salir de trabajar en un local hostelero. Eran entre la una y media y las dos de la madrugada cuando el ahora condenado la rodeó con sus brazos al nivel de los pechos y trató de meterla en el hueco de un portal de la calle. Una vez dentro, "llegó a girarla para colocarla frente a él", lo que motivó que la joven sufriese un golpe en la nuca al darse contra la pared. Una vez estaban frente a frente, relata la sentencia, le agarró fuertemente las nalgas, con ánimo libidinoso, y le dijo, entre otras cosas, "oye mami". En ese momento, la joven le propinó un rodillazo en la entrepierna y pudo salir corriendo hasta llegar a su domicilio.

En la vista oral, celebrada a puerta cerrada, la víctima volvió a identificar al acusado como su agresor, al que no conocía de nada hasta el día del ataque. Ya lo había hecho por fotografía en Comisaría y también en la rueda de reconocimiento en el Palacio de Justicia. Los hechos, estima el tribunal, han sido descritos por la joven "de manera precisa, coherente y reiteradamente cada vez que ha tenido ocasión de hacerlo". Una versión que "cumple con creces todos los parámetros jurisprudencialmente exigidos para ser tenida como prueba de cargo". La joven, cabe destacar, estuvo representada por Ana María González, abogada del centro de atención Cavasym.

Fotografías como prueba

Fotografías como pruebaLa principal prueba de la defensa estaba en que el joven se encontraba en casa con su novia y sus suegros, en el barrio del Polígono. Una versión que reafirmaron la novia del acusado y sus padres, además de aportar unas fotografías realizadas hasta la 1.29 horas de esa madrugada de febrero. No obstante, la sentencia advierte de que "no se trata de efectuar un juicio de precisión horaria". Y explica: "Nos movemos en una horquilla aproximada; suele decirse sobre las cinco menos cuarto, raro es decir sobre las cuatro horas y cuarenta y tres minutos". El tribunal ve probado que a partir de la 1.30, cuando el joven se despidió de su novia tras pasear a los perros y se dirigía a su casa se encontró a la joven agredida. "Restar cinco, diez o quince minutos a la franja horaria que la víctima ofrece como la propia del delito no resta verosimilitud al relato principal", confirman los jueces en su sentencia, frente a la que cabe recurso.

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