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Rebajadas a la mitad las penas del "caso Camocha" por demoras judiciales

La causa se prolongó durante diecisiete años, con épocas de paralización en la instrucción "que no se aciertan a entender" y retrasos en el enjuiciamiento

El juicio de 2017. JUAN PLAZA

De los 18 años de prisión que sumaban las penas para los tres condenados en 2017 por el fraude de subvenciones en Mina La Camocha, se ha pasado a penas que agrupan algo menos de nueve años en una sentencia dictada por la sección octava de la Audiencia Provincial, que ha admitido la petición de las defensas de aplicar a los reos la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, rechazando el resto de argumentos que las defensas expusieron para pedir que los absolvieran.

El fraude de subvenciones en Mina La Camocha, de más de 16 millones de euros, se cometió entre 1998 y 2000, cuando la empresa minera gijonesa, actualmente en liquidación, utilizó dos sociedades tapadera para mezclar con su propia producción 98.686,4 toneladas de carbón importado por los puertos de El Musel y Avilés, o extraído de minas a cielo abierto, y revenderlo a la térmica de Aboño como producción propia. La instrucción judicial arrancó en mazo de 2001 y la sentencia del juzgado de lo penal llegó en diciembre de 2017, tras la anulación de un juicio previo por falta de imparcialidad.

La Audiencia ha ratificado en todos sus extremos esa sentencia salvo en lo relativo a las penas a tres de los cuatro acusados que llegaron a juicio. La cuarta quedó absuelta y otros investigados fallecieron por el camino.

La instrucción judicial se prolongó nueve años y medio, durante la mayoría de los cuales "avanzó mínimamente, cuando no estuvo en la práctica paralizada", señala la sala. En ese tiempo pasaron cuatro jueces por el juzgado instructor.

La sentencia de la Audiencia Provincial, dictada el pasado diciembre, considera "desmesurada" la duración de la instrucción por el limitado número de acusados y el tipo de delito, "existiendo tanto una duración inasumible y paralizaciones que no se aciertan a entender" durante la instrucción, habiéndose invertido "un lapso de tiempo superior al que pudiera corresponder a litigios de la misma naturaleza".

La Audiencia también alude a dilaciones durante el enjuiciamiento, ya que la primera vista oral se celebró en diciembre de 2013, dos años después de que concluyera la instrucción, a lo que se suma que el juicio tuvo que repetirse por falta de imparcialidad de la magistrada.

De los 7 años y medio de cárcel a los que había sido condenado como autor el expresidente de Mina La Camocha, Manuel Martín, se ha pasado con esta última sentencia a 3 años menos tres días. Es la misma condena que se ha aplicado, como cooperadores necesarios, a cargos de las empresas tapadera, Ángel Manuel García Brugos y Alfredo Honrubia, rebajando así su condena anterior que había sido fijada en 5 años y 3 meses para cada uno. A los tres se les impone también una multa de 14,3 millones de euros y indemnizar al estado por las subvenciones defraudadas. La sentencia ha sido recurrida ante el Tribunal Constitucional por las defensas de Martín y Brugos, solicitando que se paralice el ingreso en prisión hasta que se resuelva.

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