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El Supremo ordena ver si hay responsabilidad de los gestores en el concurso de Modultec

El fallo acota el artículo de la ley concursal que permitía eludir esa supervisión con el pago íntegro de una parte irrisoria de la deuda

Instalaciones de Modultec. JULIÁN RUS

El Juzgado de lo Mercantil de Gijón tendrá que reabrir el concurso de acreedores de Modultec para dilucidar si el mismo fue fortuito o hubo responsabilidades de los administradores de la empresa gijonesa, en cuyo caso tendrían que responder con sus propios bienes de las deudas impagadas a los acreedores. Será así después de que una sentencia del Tribunal Supremo haya dado la razón a dos acreedores que recurrieron la decisión de no abrir la fase esa fase del concurso debido a que la empresa se comprometió al pago íntegro de la deuda y sin espera a los acreedores a los que debía menos de 2.000 euros, los cuales sumaban alrededor del 1% de la deuda.

Las dos empresas asturianas disconformes, representada por la abogada Elena Mazón, recurrieron esa decisión, ya que el resto se veían sometidos a una quita del 50% de la deuda y un aplazamiento de los pagos a cinco años, con dos de carencia.

Ese fue el convenio aceptado en 2016 por el 60,18% de los acreedores, pero no por todos. Una de las dos empresas que han exigido que se estudien las responsabilidades de los gestores, acabó cerrando por la deuda de 1,2 millones de euros que le dejó Modultec, que entró en concurso en 2015 con un pasivo de 8,39 millones. Esa empresa contaba con más de 30 empleados.

La novedosa sentencia del Tribunal Supremo, dictada el pasado 24 de julio, ratifica la que ya había pronunciado la sección primera de la Audiencia Provincial de Asturias y pone por primera vez coto una práctica relativamente habitual de las empresas en concurso: Pagar íntegramente cantidades irrisorias a un grupo de acreedores para evitar que se abra la pieza en la que se dilucida si los administradores de derecho o de hecho de la empresa en concurso deben o no responder con su patrimonio personal de las deudas. Es lo que se denomina calificación del concurso, que puede declararse fortuito o culpable.

La ley concursal permite eludir esa evaluación de responsabilidades si se paga completamente la deuda a un grupo determinado de acreedores. La sentencia del Tribunal Supremo, que avala la dictada en su día por la Audiencia Provincial en septiembre de 2017, razona que "para evitar la introducción en el convenio de este tipo de proposiciones alternativas con la sola finalidad de evitar la apertura de la sección de calificación será necesario añadir la exigencia de que los destinatarios de este trato beneficioso deberán resultar cualitativamente o cuantitativamente significativos pues en caso contrario, si la gran mayoría de los acreedores están sometidos a sacrificios que el legislador reputa excesivos, el convenio seguirá siendo gravoso y por lo tanto se abrirá la sección de calificación contra los administradores de hecho y de derecho de la sociedad".

El alto tribunal señala en el fallo sobre la compañía gijonesa que esa práctica "viene a ser un fraude de ley" e impone las costas del recurso a Modultec.

La empresa, que se dedica a la fabricación de edificios modulares en sus instalaciones de Porceyo, entró en concurso voluntario de acreedores el 16 de mayo de 2015 y dos meses después aplicaba un ERE con el que redujo en 49 trabajadores su plantilla. Entre medias, la administradora concursal nombrada por el juzgado emitió un informe cifrando el pasivo de la sociedad en los 8,39 millones de euros citados y señalando que Modultec ya estaba en causa de disolución desde el 31 de diciembre de 2011 al ser su patrimonio neto inferior a la mitad de capital social.

La compañía logró mantener la viabilidad tras alcanzar un acuerdo con la mayoría de los acreedores y manteniendo en manteniendo abierto hasta finales de 2017 un ERTE para los trabajadores que conservó en plantilla.

Actualmente cuenta con unos 50 empleados y carga de trabajo, si bien tuvo que recurrir meses atrás a un ERTE por fuerza mayor, debido a la crisis del coronavirus.

La dirección de la empresa manifestó ayer su respeto por las decisiones y actuaciones judiciales, con la futura calificación del concurso, pero defiende que no ha habido ninguna responsabilidad de los gestores de la sociedad en la situación que la llevó a entrar en concurso en 2015.

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