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El plan para desatascar el Ayuntamiento reduce los trámites para contratos y subvenciones

El nuevo sistema interno de fiscalización evitará que la Intervención tenga “que mirarlo todo todas las veces sin rebajar los controles”

Ayuntamiento de Gijón.

Primer paso para el gran cambio en los procesos de control interno del Ayuntamiento, que busca reducir trámites y tiempos de espera para las empresas que están pendientes de un contrato o las familias y entidades del tejido asociativo local que hayan optado por una subvención o tengan un convenio nominativo. Eso es lo que supondrá para empresas, ciudadanos, familias y entidades la aplicación en el día a día de la vida municipal del nuevo sistema de fiscalización e intervención limitada previa. Entendiendo que el proceso de fiscalización se ha demostrado como uno de los elementos más influyentes en los retrasos de las tramitaciones municipales.

El gobierno local lleva al Pleno de la semana que viene su propuesta, anunciada en el pasado debate plenario sobre el estado del municipio, con la intención de conseguir los votos necesarios para hacer efectiva su implantación, que tendría efecto a 1 de enero de este año. El cambio empieza en las áreas de contratación –excepto los expedientes de contratación fiscalizada– y subvenciones, pero la idea es ir mucho más allá para, por fases, ir cambiando el régimen de fiscalización plena por el de limitada previa en todos los espacios posibles. Las siguientes áreas serían personal, responsabilidad patrimonial, urbanismo y expropiaciones. También será aplicable en los ámbitos de gastos financieros, activos y pasivos financieros e ingresos.

El cambio no está en lo que se pida o deje de pedir a quien opte a un contrato o una subvención, ya que eso viene marcado en la licitación o convocatoria correspondiente. El cambio está de puertas adentro del Ayuntamiento, sus fundaciones y su patronato y el objetivo es eliminar el cuello de botella que ha supuesto el control exhaustivo de cada expediente por la Intervención General en todas y cada una las fases del proceso. La situación había generado graves problemas en el ámbito de las subvenciones con la consolidación, año tras año, de retrasos en el pago de los dineros comprometidos a entidades sociales, deportivas o culturales que llegaron a poner en peligro tanto su actividad como los pagos a su personal. Muchas de esas entidades trabajan en la primera línea de la atención a las personas más desfavorecidas de Gijón.

“Ahora la fiscalización era total en cada fase del proceso: antes, durante y al final. Se miraba todo. No solo que estaban los papeles que se pedían sino el contenido de esos papeles. Ahora se trata de ordenar el proceso y pautarlo para que no haya que mirar todo todas las veces”, explica Marina Pineda, edil de Hacienda, Organización Municipal y Personal. El nuevo sistema fija una serie de requisitos básicos de “general comprobación” –empezando por la existencia de crédito presupuestario– y otros varios adicionales que hay que comprobar según la tipología de cada expediente.

En el caso de contratación los requisitos adicionales exigidos varían según sean contratos de obras, de suministros o de servicios y concesiones de obras o servicios. En cuanto a las subvenciones hay variables según sean por convocatoria de concurrencia competitiva, de concesión directa o a través de convenios nominativos. Aquí también se tienen en cuenta las transferencias del Ayuntamientos a sus organismos autónomos y empresas. Aunque estas son acciones que ya tienen su propia fiscalización desde el ámbito de las entidades receptoras.

Para cada tipo de contrato o subvención se ha diseñado una ficha que enumera los requisitos exigibles y en que fase del proceso deben reclamase. Cada uno de ellos se remata con una casilla de “cumple” donde hay tres opciones: si, no o no procede. Eso es lo que hay que revisar. “Si se cumple el requisito el expediente sigue su camino. El control financiero completo se hará después de cobrar esa subvención”, remata Pineda en su explicación. Al tiempo que deja muy claro que “quien piense que esto implica rebajar el control se equivoca”. No se rebaja, se sistematiza y se pauta”, dice. De hecho, tanto Intervención como la Dirección General Económico-Financiera distinguen entre función interventora y control financiero. Es en la primera donde se plantea la fiscalización e intervención limitada previa para contratos y subvenciones, pero el proceso completo incluye los elementos de control financiero permanente y de auditoria pública para que el procedimiento sea integral.

La implantación de este cambio conlleva una reordenación de la Intervención en cuanto a personal y el trabajo al que se dedique cada uno. Todo ello dentro de un plan integral de innovación de la gestión económica. Además, y en eso se trabaja también, se revisará la ordenanza de subvenciones para evitar que choque con este nuevo sistema de trabajo al tiempo que incluya medidas que ya se ejecutan a través de una instrucción interna, como la cuenta justificativa simplificada en subvenciones de menos de 60.000 euros, y la opción de incorporar otras que, por ejemplo, faciliten los anticipos de la subvención concedida. También juega su papel el desarrollo de un Plan estratégico de subvenciones. Un documento que en fase de borrador también se está trabajando ahora mismo.

FISCALIZACIÓN E INTERVENCIÓN LIMITADA PREVIA

  • Ámbitos de aplicación. Contratación y subvenciones.
  • Requisitos. Hay una serie de requisitos básicos de general comprobación y otros adicionales a comprobar en función de la naturaleza del expediente y que tendrán la consideración de esenciales. 
  • Organización de los expedientes por áreas

A) Área de contratación. Se organiza en los siguientes niveles:

  1. Contratos de obras, con una reglamentación específica para casos de contratación conjunta de proyectos y obras.
  2. Contratos de suministros.
  3. Contratos de servicios.
  4. Concesión de obras.
  5. Concesión de servicios.
  6. Sistemas de racionalización técnica.
  7. Contratos privados y administrativos especiales.
  8. Encargos a medios propios personificados.

B) Área de subvenciones. Se organiza en los siguientes niveles:

  1. Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.
  2. Subvenciones de concesión directa.
  3. Convenios con entidades colaboradoras.
  4. Subvenciones no sujetas a la Ley General de Subvenciones.
  5. Transferencias y aportaciones a entidades municipales.

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