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El Supremo avala la absolución de Rexach y Rato por los sobrecostes de El Musel

La Abogacía del Estado dejó pasar el plazo para presentar el recurso de casación en contra del fallo que les eximía de responsabilidad contable

Ampliación de El Musel. Ángel González

La sentencia del Tribunal de Cuentas que eximió al expresidente y al exdirector de la Autoridad Portuaria de Gijón, Fernando Menéndez Rexach y José Luis Díaz Rato, de una supuesta responsabilidad contable en la obra de ampliación de El Musel –unos cargos por los que afrontaban el pago de hasta 135 millones de euros por los sobrecostes de la obra fundamentalmente– ya es firme después de que haya expirado el plazo para que la Abogacía del Estado presentase su recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Una decisión que ha sido acogida con satisfacción por los dos implicados, según confirmaron ayer a este periódico sus respectivos abogados, Viliulfo Díaz y Agustín Azparren.

La sentencia que la Abogacía del Estado quiso llevar al Supremo, emitida en diciembre de 2020 por la Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas (y que avaló previamente una anterior de Primera Instancia), dejaba claro que, en contra de lo que mantenían Puertos del Estado y la Fiscalía, “el incremento de los precios producido” no había causado “un menoscabo” del erario público y que, además, los pagos llevados a cabo por los materiales fueron “válidos y eficaces”. Ese fallo también dejaba meridianamente claro que la labor de Rato y Rexach, además, a la hora de modificar el proyecto de ampliación de El Musel permitió “ahorrar dinero”.

Las obras en cuestión se habían firmado en febrero de 2005, con Rato y Rexach ostentando los cargos directivos por importe de 499,34 millones de euros. Las labores dieron sus primeros pasos a los días siguientes, pero no fue hasta diciembre de 2010 que concluyeron. En ese tiempo, y por la necesidad de acudir a canteras más alejadas de El Musel para conseguir material pétreo, se llevó a cabo un acta de nuevos precios en 2006 y una modificación del proyecto que el consejo de administración de la Autoridad Portuaria aprobó al año siguiente. La obra, en suma, costó al final 715 millones de euros.

Tras la sentencia del Tribunal de Cuentas que absolvía a Díaz Rato y Rexach ni la Fiscalía ni Puertos del Estado siguieron adelante, pero sí la Abogacía del Estado, que llevó esa supuesta responsabilidad contable al Supremo. Eso sí, cuando tuvo que formalizar el recurso de casación presentado, el plazo había vencido, por lo que el procedimiento quedó desierto y ya es firme. “Esto supone que el Estado no ha tenido ningún perjuicio por la obra de El Musel”, valoró ayer Azparren.

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