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Liberado de pagar 128.163 euros por la ley de segunda oportunidad

El beneficiario debía dinero a 11 bancos y tuvo que “malvender” una herencia tras avalar a su hermano en unos negocios

Nueva condonación de deuda por la Ley de Segunda Oportunidad. El juzgado de Primera Instancia número 1 de Gijón ha exonerado a un gijonés de abonar una deuda de 128.163 euros contraída con once bancos y entidades financieras, tras haber avalado a su hermano.

Según el relato de su abogado, J. V. (las siglas del beneficiado) ayudó económicamente a su hermano en unos negocios como avalista. Tenía, además, un par de préstamos. Meses después, la situación económica apretó, y J. V. comenzó a sufrir serios problemas de liquidez. Al tiempo recibieron la herencia de sus padres. Ante la falta de efectivo, es vieron obligados a malvender para saldar lo que les reclamaban. Aun así, J. V. se quedó con parte de la deuda al haber avalado a su hermano. “Finalmente ha podido acogerse a la Ley y mantener incluso su vivienda”, explican los letrados del despacho Repara tu Deuda. La deuda que no ha cancelado el juez a J. V. es la hipoteca de su vivienda, que deberá seguir pagando.

Para acogerse a esta normativa, el deudor debe actuar de buena fe, no puede haber sido declarado culpable en concurso ni haber sido condenado por delitos económicos. También que no tiene créditos privilegiados pendientes de pago y que intentó un acuerdo extrajudicial de pagos que fue rechazado por los acreedores. En este caso, se daban todos los condicionantes.

Este tipo de sentencias no son nuevas. En los últimos días un juzgado de Oviedo libró a un hombre de una deuda de 31.981 euros contraída tras verse inmerso en una espiral de créditos con tarjetas. Especialmente sonado fue el caso de un hostelero avilesino ahogado por las deudas que pudo librarse del pago de 304.392,15 euros. La sentencia, dictada por el Juzgado de lo mercantil número 3 de Gijón, argumentaba que el empresario “demostró su voluntad de querer pagar” y que había tratado de negociar un plan de pago a sus proveedores. El rechazo de este calendario de cobro fue fundamental en la decisión judicial.

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