Un vecino de Gijón ha sido condenado a una pena de tres años de cárcel y al pago de una multa de 117.250 euros por la comisión de un delito de contrabando de tabaco que, además, le obligará a indemnizar a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria con 28.755,99 euros. Así lo acaba de ratificar la sección octava de la Audiencia, que ha desestimado íntegramente el recurso presentado por este individuo. Alegaba la vulneración del derecho a la presunción de inocencia porque las escuchas telefónicas realizadas por los investigadores no eran legales.

Este hombre tenía la mercancía escondida en un local alquilado, cuya dueña le señaló en el juicio como arrendatario. El condenado fue descubierto en 2013, pero el juicio llegó el pasado enero, pero tampoco se acepta la atenuante de dilaciones indebidas.