Diez años y seis meses de prisión es la condena que pide la Fiscalía de área de Gijón para un hombre que está procesado por abusar sexualmente de forma continuada de un niño de 12 años, con el que contactó por Instagram. El juicio comenzó esta mañana en la Sección Octava de la Audiencia Provincial, con sede en Gijón, aunque tuvo que aplazarse al quedar pendiente la declaración de una testigo, por lo que continuará en otra fecha por determinar.

El Ministerio Fiscal sostiene que, a primeros de año de 2020, el procesado (Venezuela, 1995), contactó con el niño, nacido en 2008, a través de una prima del menor. Tras mantener conversaciones en la red social Instagram le invitó a quedar para dar una vuelta, de modo que comenzaron a coincidir en el parque, primeramente en compañía de otros niños y después solos, cuando se ganó la confianza del menor.

En fecha no precisada del mes de febrero, cuando se encontraban en el soportal de un edificio en las inmediaciones del parque del barrio de Santa Bárbara, de Gijón, el procesado abusó sexualmente del niño, hechos que se repitieron un número indeterminado de ocasiones en el mismo soportal y en otro de un edificio en la Avenida de la Constitución, donde, sobre las 16:40 horas del día 22 de junio de 2020, el procesado fue sorprendido por agentes de la Policía Nacional.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito continuado de abuso sexual a un menor y por ello solicita que se condene al procesado a 10 años y 6 meses de prisión, inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena e inhabilitación especial para cualquier profesión, cargo u oficio que conlleve contacto con menores de edad durante 14 años. Añade, además, la medida de libertad vigilada durante 6 años. Dada la nacionalidad del imputado, la Fiscalía pide que, de ser condenado, se contemple que cumpla 5 años de la pena de prisión y la sustitución del resto de la pena por la expulsión del territorio español durante 8 años.

En concepto de responsabilidad civil, el Ministerio Fiscal solicita que el procesado indemnice a la madre del niño con 5.000 euros por daños morales, más los intereses legales correspondientes.