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Condenan a una firma de telefonía al incluir a un gijonés como moroso

El afectado descubrió que le exigían una deuda después de tres años en otra compañía y recibirá 7.000 euros por daños morales

Juzgados de Gijón.

Un gijonés ha logrado ganar su particular batalla contra una compañía telefónica que le incluyó en un registro de morosos durante más de tres años, lo que le provocó distintos problemas de diversa índole, incluyendo los daños a su honor, que el Juzgado de Primera Instancia de Gijón número 1 ha tasado en 7.000 euros de indemnización por una decidió de la firma de telefonía que la magistrada califica “de carácter ilegítimo”.

Los problemas de este hombre, que ha estado representado por el abogado Javier Dapena, comenzaron a finales del año 2016, momento en el que el afectado comenzó a tener problemas con Vodafone. Según su reclamación, la compañía no le estaba prestando el servicio que tenía contratado y, además, se le estaba cobrando cantidades inexactas. Su primera decisión fue alcanzar un acuerdo con la operadora, pero tras resultar sus intentos infructuosos decidió llevar una portabilidad a otra compañía en la que esperaba que satisficieran sus pretensiones.

Una vez llevado a cabo el cambio, desde Vodafone se le incluyó en dos registros de morosos argumentando que había dejado facturas sin pagar. Según la demanda interpuesta, le siguieron girando facturas cuando ya no era cliente, pero en ningún caso le notificaron nada al respecto de su inclusión en el registro de morosos, tal y como considera probado la magistrada en su sentencia.

El afectado no se dio cuenta en la inclusión en la lista de morosos hasta tiempo después, cuando quiso financiar una lavadora y se lo rechazaron porque estaba en dos registros de morosos. “La consecuencia es que no pudo comprar el electrodoméstico ya que ningún banco, ni financiera, se lo financiaba por estar en estos registros de morosos”, relata su abogado. “Aún cuando la deuda hubiera reunido los requisitos legales para su inclusión en los referidos ficheros, la misma no se ha llevado a cabo en legal forma”, señala, por su parte, la jueza en la sentencia.

En base a las pruebas aportadas durante el procedimiento, la magistrada accedió a conceder los 7.000 euros de indemnización por los daños morales, tal y como el afectado solicitaba. La cuantía la fijó en base al amplio periodo de inclusión como moroso, de más de tres años, y el hecho de que cualquier entidad que consultase esos ficheros viese su nombre.

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