El portavoz municipal de Foro Asturias en el Ayuntamiento de Gijón, Jesús Martínez Salvador, y el concejal Pelayo Barcia Castañón anunciaron hoy que su partido ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo contra la ordenanza de movilidad. “Hemos agotado todos los plazos con la esperanza de que el gobierno de Ana González rectificase, pero no ha sido posible”, indicaron. Los concejales han informado que DVuelta Asistencia Legal, la asesoría experta en tráfico y transportes que recurrió con éxito Madrid Central en 2018 y que lleva más de 25 años defendiendo los derechos de los conductores, se encarga de representar a Foro Asturias en este asunto. “En un tema tan importante para la ciudad hemos decidido contar con los que más experiencia tienen”, han apuntado.

Barcia ha explicado que “tras la presentación del recurso, el Ayuntamiento debe enviar toda la documentación a los juzgados que, a su vez, la enviarán a los abogados para formalizar la demanda". "Atendiendo a los tiempos de la Justicia en Asturias posiblemente este paso podrá suceder en otoño (octubre 2021). Posteriormente, el TSJ debe resolver lo que le suele llevar entre 3 y 6 meses, con lo que en el mejor de los casos la sentencia estaría en primavera de 2022”, dijo. “Hay que recordar –ha continuado- que las prohibiciones de estacionamiento entran en vigor en enero de 2022 y es altamente probable que se produzcan sanciones con la ordenanza judicializada. Es más, a día de hoy todas las sanciones de tráfico, aunque no sea por motivos novedosos respecto a la anterior Ordenanza, ya se están interponiendo bajo la nueva normativa. Hay que recordar que en Madrid sucedió lo mismo: la ordenanza se aprobó en 2018, pero la sentencia de anulación no llegó hasta 2020, y no fue firme hasta principios de 2021, por lo que el Consistorio madrileño se ve ante la tesitura de tener que devolver entre 60 y 125 millones por la anulación de Madrid Central", añadió. “Viendo que el Gobierno local no quiere retrasar la aplicación de la Ordenanza, a pesar de la crisis, al menos le pedimos que la retrase hasta que se resuelvan los problemas legales que contiene y no ponga en riesgo las arcas municipales”, remató.

Barcia ha expuesto que, “más allá de nuevos argumentos que puedan aparecer al revisar toda la documentación del expediente, los principales motivos de la demanda son los siguientes: falta de memoria económica rigurosa y creíble. La falta de una memoria económica fue uno de los motivos por los que Madrid Central resultó anulado. La Ordenanza de Movilidad de Gijón, a pesar de ser extensa y abarcar muchos aspectos de la movilidad en la ciudad, contiene en este aspecto económico un solo párrafo, en un informe previo (Informe de impacto), con una cantidad poco creíble de 322.275€ y que no fue fiscalizada por la Intervención General. Otro de los motivos por los que Madrid Central resultó anulada fue la falta de exposición pública. Aunque la Ordenanza de Movilidad de Gijón ha tenido un periodo de exposición inicial, la jurisprudencia del Tribunal Supremo establece la necesidad de llevar a cabo un segundo periodo de exposición público si, tras el periodo de alegaciones, se han llevado a cabo modificaciones sustanciales o modificaciones no fundamentadas en alegaciones, impropias del procedimiento, cosa que ha sucedido. Cabe recordar en ese sentido que, ya que la propia Concejalía de Movilidad realizó cambios “totales”, como los determina ella misma, sin fundamentarlos en alegaciones y no se ha abierto un segundo periodo de exposición.

Además de la demanda ante el TSJ, el pasado lunes Foro Asturias presentó una reclamación ante el defensor del pueblo sobre uno de los argumentos que también contiene la demanda, ya que se trata de asuntos que vulneran los principios de igualdad, por lo que compete al Defensor del Pueblo dictaminar sobre ello. La queja se basa principalmente en la limitación kilométrica de 2.500 km al año para los vehículos domiciliados en Gijón que carezcan de distintivo medioambiental de la DGT. Esta limitación, al no ceñirse exclusivamente al ámbito territorial del municipio, rebasa las competencias municipales y pone en situación de desigualdad a los gijoneses que estén obligados a cumplirla. Los 2.500 kilómetros a los que hace referencia la Ordenanza medirían por los kilómetros registrados en la ITV, lo que no diferencia entre kilómetros circulados en Gijón y fuera del municipio.