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Los dos jóvenes en prisión por la violación múltiple de Gijón “intimidaron” a las víctimas

La magistrada rechaza la libertad provisional de los acusados, que mostraron “actos de fuerza de baja intensidad” no consentidos

La Policía Nacional, recogiendo pruebas del portal de la calle Pedro Duro en el que fueron detenidos los cuatro investigados por la supuesta violación del Carmen. | Marcos León

Los dos jóvenes encarcelados por la supuesta violación del Carmen seguirán en el Centro Penitenciario de Asturias. Así lo ha decidido la magistrada del Juzgado de instrucción número 5, que ha rechazado la petición de la defensa de los acusados. Su letrado, Germán Inclán, había recurrido la prisión provisional sin fianza decretada el pasado día 26 de julio, y pedía su libertad bajo el mismo régimen en el que ya están los otros dos acusados, que han regresado a su Portugal natal. La jueza entiende que los hechos ocurridos en la madrugada del 23 al 24 en un alojamiento de la calle del Carmen pudieron haber incurrido en un caso de “intimidación ambiental” –un término usado también en la sentencia del caso de “La Manada” de Pamplona–, por la que las víctimas mostraron “sometimiento” bajo “intimidación” y no de forma voluntaria. Según recoge el auto, una de las denunciantes llegó a decirle a la otra: “¿Es que no te has dado cuenta de que todo lo que nos han hecho no lo estábamos permitiendo?”.

Explica la jueza que el recurso de Inclán pedía anular la prisión provisional a la espera de analizar los indicios y pruebas obtenidas hasta ahora, alegando que hubo “diversas muestras de cariño” entre los acusados y las dos denunciantes y que esas actitudes venían recogidas en un vídeo que existe de la supuesta agresión. La magistrada niega este punto y no ve “justificado” que los investigados tuviesen el consentimiento de las afectadas, que en un primer momento habían accedido a verse solo con uno de ellos y luego llamaron a un segundo. La presencia de terceros en el dormitorio, añade la jueza, supone ya un cambio de escena en el que la magistrada entiende dos de los acusados habrían aprovechado para “para realizar actos de naturaleza sexual no consentidos” con una de las denunciantes ante la ‘intimidación ambiental’ que ella sufría. Esta joven, a juicio de la magistrada, se vio en todo momento en desventaja por “un clima de dominación e imposición” de los acusados, que apagaron las luces del dormitorio y hablaban entre ellos en su portugués natal, un idioma que ninguna de las jóvenes podían conocer.

La jueza entiende también que al “tono imperativo” que pudo ser empleado aquella noche se sumaron “actos de fuerza de baja intensidad”, motivo por el que no se registraron después lesiones físicas, y que la “angustia, desasosiego, inseguridad y estupor” de una víctima en una situación de este tipo puede motivar a mostrar una “actitud de sometimiento y pasividad”, lo que acaba por “anular su capacidad de reacción”. Añade la jueza: “La grabación adjuntada a las actuaciones plasma una inicial ‘cobra’ y de nuevo un ulterior sometimiento que denota la urgencia por salir del domicilio” de las afectadas, ya que una de las víctimas le dijo a la otra “nena, va, hostia”, animándola a abandonar el edificio, y que luego, ya en el portal, acabó por “derrumbarse sollozando nerviosa”. La otra víctima, ahonda el auto, “no parecía darse cuenta de lo que había pasado”, y tuvo que ser “apremiada” por la otra para abandonar el edificio.

Por todo ello, la magistrada cree que “las conductas examinadas” hasta ahora y las penas de cárcel que podrían suponer suponen “un riesgo de fuga”, pero lo que ratifica la prisión provisional para estos dos veinteañeros. Como alternativa al recurso, Inclán ya anunció que tratará de acercar a los dos afectados a una cárcel más próxima a su ciudad de origen.

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