La Fiscalía del Principado de Asturias solicita 9 años y 9 meses de prisión para un procesado por agredir sexualmente y golpear a su pareja en Gijón. Los hechos tuvieron lugar 3 de julio del 2019, cuando ambos, tras haber salido de fiesta, decidieron regresar a la casa de la mujer y mantener relaciones sexuales. Fue entonces cuando, sin venir a cuento, el varón, un venezolano que se encontraba en situación legal en el país, agarró por el pelo a la víctima y comenzó a pegarle puñetazos en la cara. La mujer exigió a su agresor que parase, pero este continúo golpeándola en el rostro y en los glúteos a la vez que la obligaba a mantener relaciones sexuales sin preservativo. La vista oral se celebró esta mañana en la sección tercera de la Audiencia Provincial, con sede en Oviedo. Quedó vista para sentencia.

El Ministerio Fiscal sostiene que el procesado, nacido en 1968, conoció a su víctima a través de internet alrededor del mes de abril de 2019. Ambos mantuvieron una relación sentimental durante dos meses, a través de aplicaciones como Messenger y Whatsapp. Fue la mujer la que, pasado un tiempo, decidió invitar a la que era su pareja a pasar unos días en su domicilio, en Gijón, donde también habitaban los dos hijos de la mujer, ambos mejores de edad. El acusado terminó por instalarse en este lugar el 28 de junio de 2019. Fue el día 3 de julio de ese mismo año cuando los dos, tras haber salido de copas, regresaron a la vivienda de la mujer. Eran sobre las cinco de la madrugada cuando se dirigieron al dormitorio y comenzaron a mantener relaciones sexuales en un principio consentidas.

Sin embargo, en un momento dado el procesado comenzó a golpear a la mujer, al tiempo que la insultaba. Esta le pidió que parase, pero no lo hizo y el acusado continúo con la relación sexual vaginal sin preservativo. El procesado, de nacionalidad venezolana, se encontraba en España en situación regular. Por auto de fecha 8 de julio de 2019 se prohibió su salida del territorio nacional. La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de agresión sexual del artículo 179 del Código Penal, en relación con el 178, y de un delito de lesiones en el ámbito familiar del 153.1 y 3.

Concurre en el acusado la agravante de parentesco respecto del delito de agresión sexual. El Ministerio de lo público solicita que se condene al procesado a 9 años de prisión e inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena por el delito de agresión sexual y 9 meses de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, además de privación del derecho de tenencia y porte de armas durante 2  años, por el delito de lesiones. Abono de costas.

La Fiscalía pide igualmente que se prohíba al procesado acercarse a la persona y domicilio de XXX a menos de 500 metros, así como de comunicarse con ella por cualquier medio, durante 11 años por el delito de agresión sexual y durante 2 años por el delito de lesiones en el ámbito familiar. Se solicita además la medida de libertad vigilada durante 10 años, consistente en la realización de un curso formativo en materia de igualdad y de educación sexual, así como la prohibición de acercarse a la persona y domicilio de XXX a menos de 500 metros, así como de comunicarse con ella por cualquier medio. En concepto de responsabilidad civil, el Ministerio Fiscal solicita que el procesado indemnice a XXX con 4.000 euros por las lesiones y los daños morales ocasionados, con los intereses legales correspondientes.