El acusado de matar a la gijonesa Silvia Hernández ha visto rebajada su condena a 5 años. El hombre, acusado de un delito de homicidio por omisión de socorro, había sido condenado hace tres años a una pena de doce años y siete meses de cárcel por la Sección Octava de la Audiencia Provincial. Celestino G. V., que había sido declarado culpable por el jurado popular en 2019, recurrió la sentencia al Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) por considerar su letrado defensor que el varón nunca tuvo constancia de que las heridas de arma blanca que presentaba la pareja eran tan graves. Fueron dos incisiones realizadas en el costado con un cuchillo de cocina que, aparentemente, lucían cortes de apenas un centímetro, aunque una de ellas había perforado la pared del estómago de la víctima y le causó, horas después, una peritonitis mortal.

La sala de lo penal del Tribunal Supremo ha fallado ahora condenar al acusado, representado por Enrique Lamadrid, de Garaya Abogados, como autor de un delito de lesiones con arma con la agravante de parentesco con un delito de homicidio imprudente. Además, el condenado estará inhabilitado para ejercer el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Se mantiene lo relativo a las costas e indemnizaciones y prohibición de acercamiento menos de 500 metros de distancia y comunicación por cualquier medio con las personas de la madre, el padre y la abuela de Silvia Hernández, si bien la duración de ésta se reduce de quince a diez años.

Silvia Hernández falleció a los 34 años en la madrugada del lunes 14 de marzo de 2016 -aunque las estimaciones de los forenses barajan también podría haber sido algunas horas antes- por dos incisiones de arma blanca asestadas en el costado izquierdo en la madrugada del domingo anterior. El arma homicida, un cuchillo de 22 centímetros y hoja dentada, le perforó un pulmón, aunque no de gravedad, y rasgó siete milímetros de la pared de su estómago.

Esta segunda herida fue finalmente la causa de la muerte: le provocó una hemorragia interna y una peritotinis. Tanto la Fiscalía, Abogacía del Estado y las acusaciones particular y popular, atribuían a Celestino G. V. la autoría de este acto, aunque él siempre defendió que las heridas se produjeron, en realidad, por un forcejeo entre ambos cuando Hernández amenazó con quitarse la vida.

Este juicio ya se había celebrado en 1028, pero el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) anuló la decisión por hallar incongruencias en el acta. Por entonces, Celestino G. V. había sido declarado culpable por homicidio imprudente y condenado a cuatro años de prisión. Como llevaba dos en preventiva, disfrutaba desde entonces de su libertad provisional.