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El padre que estafó 140.000 euros a su hija enferma, condenado a pagarle 42.000

El hombre reconoce los cargos por administración desleal y no entrará en prisión en el caso de que efectúe los abonos en los plazos marcados

El acusado, ayer, durante la celebración de la vista oral. | Á. G.

El acusado de causar a su hija enferma un perjuicio económico de 140.000 euros finalmente tendrá que afrontar el pago de 42.000 (los relacionados a una vivienda hipotecada propiedad de la víctima), más otros 4.000 para solventar las costas del proceso judicial, después de que ayer las partes llegaran a un acuerdo en la vista oral celebrada en la Sección Octava de la Audiencia Provincial, con sede en Gijón. La sentencia, que se hará efectiva en los próximos días, fue aprobada en estos términos tanto por la abogada de la acusación, Pilar Santamarina, como por el letrado de la defensa, Miguel Ron.

Además de los 46.000 euros que tendrá que abonar C. H., con un primer pago de 800 el próximo 5 de octubre, el hombre también fue condenado a dos años de prisión y a una multa de seis meses a razón de tres euros diarios por un delito de administración desleal. Según el acuerdo al que se llegó ayer entre las partes, no sufrirá una privación de libertad en el caso de que afronte en tiempo y forma los pagos establecidos.

C. H. habría utilizado en su beneficio un poder que le otorgó su hija enferma –presente ayer en la celebración de la vista oral junto a familiares y amigos– para estafarle un montante económico que asciende a una cantidad superior a los 140.000 euros. El Ministerio Fiscal sostenía en su petición inicial sobre el acusado, vecino de Gijón, que desde el 29 de julio de 2015 y hasta el 12 de abril de 2021, procedió a realizar distintas operaciones económicas en detrimento del patrimonio de su hija. Para ello, añade el escrito, habría utilizado el poder que le había otorgado la mujer para "abusar y extralimitarse" en las facultades de administración que le habían sido atribuidas para manejar su capital. Según recoge el documento, la hija del procesado padece un trastorno neurológico derivado a un problema vascular que le afecta a las facultades motoras tanto de las extremidades derechas como al habla, encontrándose, por tanto, en una situación de vulnerabilidad.

Ahora, según el acuerdo al que ambas partes llegaron ayer en la vista oral, el procesado tendrá que afrontar el pago de 46.000 euros: 42.000 que irán directamente para su hija y 4.000 más para asumir las costas del proceso judicial. Esta cantidad, según explica la letrada Pilar Santamarina, hace referencia a la cuantía por la que C. H. habría hipotecado una de las propiedades que la víctima tiene a su nombre. A pesar de que en primera instancia el Ministerio Fiscal había solicitado una indemnización de 140.130 euros, más los intereses legales correspondientes, el gijonés tan solo tendrá que abonar los citados 42.000 euros.

En el escrito remitido por la Fiscalía –en el que se considera que los hechos llevados a cabo por el varón eran constitutivos de un delito de administración desleal continuado recogido en el Código Penal– también se solicitaba que al acusado se le condenara con cinco años de prisión, la inhabilitación especial para el ejercicio del sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y a doce meses de multa a razón de una cuota diaria de doce euros, con responsabilidad personal subsidiaria en el caso de que se produjera el impago. Finalmente, tras haber reconocido los cargos y llegar a un acuerdo entre las partes, la pena solicitada por el Ministerio Fiscal ha sido rebajada, tanto en la cuantía de la indemnización como en el tiempo de prisión, a la que no entrará.

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