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Absuelto de disparar perdigones a la casa de su vecino en Somió

La jueza dice que hay versiones contradictorias de los implicados, con rencillas previas

Panorámica de Somió. Ángel González

Un gijonés, vecino de Somió, ha salido absuelto del proceso judicial en el que estaba acusado de disparar contra la casa de un vecino con una escopeta de perdigones, con el que mantenía rencillas por distintos motivos desde tiempo atrás. No obstante, la magistrada ha optado por absolver a este individuo al entender que existen "dos versiones contradictorias" de los hechos y que ninguna de ellas "aparece dotada de mayor credibilidad ni viene avalada por prueba fehaciente". Es por ello que la jueza hace valer la presunción de inocencia.

El caso en cuestión ocurrió en octubre del año pasado, cuando sobre las 15.30 horas se personó una patrulla de la Policía en el camino de las Palmeras alertados por un vecino. Este hombre les explicó que "estaba recibiendo disparos de perdigones de un vecino". Además, este hombre refiere que esta conducta que padece es habitual, y que también la suelen llevar a cabo otros vecinos próximos a su vivienda. Incluso, que en algún momento han utilizado contra él "diversos métodos, entre ellos el veneno".

Los agentes personados se entrevistaron acto seguido con el vecino que, presuntamente, había efectuado esos últimos disparos. Este hombre les explicó que "en ningún momento" había tenido ese comportamiento, y que el vecino que les había llamado tenía problemas con él desde hace tiempo, además de existir "pleitos por distintos motivos".

Así las cosas, el requeriente persistió en su denuncia y el caso, por un delito leve de daños, acabó llegando a juicio al mostrar los supuestos agujeros que tenía en la fachada de su casa. Fue en la vista donde el denunciante volvió a insistir en que había sido su vecino el que disparó con perdigones, pero sostiene la magistrada titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Gijón que no se ha podido enervar el principio de presunción de inocencia. La jueza, en su exposición, además, de la disparidad de las dos versiones contrapuesta, entiende que el agente de la Policía Local que compareció en el juicio como testigo, "únicamente refirió que el denunciante les enseñó los daños" causados, "aunque no pudieron comprobar si eran o no de perdigones". La conclusión no puede ser otra, dice la sentencia, "que la de entender que el principio de presunción de inocencia no ha sido desvirtuado". El fallo absolutorio, además, ya es firme tras haberse cumplido el plazo para presentar recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Asturias.

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