Condenado en Gijón a 15 meses de cárcel por entrar por la ventana al piso de su expareja

El autor tenía una orden de alejamiento de su víctima, a la que deberá indemnizar con 1.000 euros

Vista exterior del Palacio de Justicia.

Vista exterior del Palacio de Justicia. / Julian Rus

G. C.

Un vecino de Gijón aceptó este lunes 15 meses y un día de prisión por entrar en la casa de su expareja por la ventana cuando estaba en vigencia una orden de alejamiento desde que el varón fue condenado por un delito de lesiones en el ámbito familiar en 2022. Además, el autor de los hechos, que reconoció los cargos esta mañana, deberá realizar el pago de una indemnización de 1.000 euros por quebrantamiento de condena en concurso con un delito de allanamiento de morada.

En su escrito, la Fiscalía explica que el acusado mantuvo una relación sentimental con la mujer, con la que tiene en común una hija. Fue condenado en sentencia firme en enero de 2022 como autor de un delito de lesiones en el ámbito familiar a, entre otras penas, la prohibición de aproximación a la mujer a menos de 100 metros, a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro frecuentado por ella, y la prohibición de comunicación por cualquier medio, todo ello durante dos años. El acusado fue debidamente notificado para el cumplimiento de estas prohibiciones, que se iniciaron el 12 de enero de 2022 y que debían finalizar el 20 de diciembre de 2023.

El acusado, estando en vigor estas prohibiciones y con pleno conocimiento de las mismas, sobre las doce de la noche del 3 de marzo de 2022, accedió, levantando una persiana y abriendo la ventana de una de las habitaciones, al domicilio de su expareja, que se encontraba en ese momento en compañía de una amiga y de sus hijas menores de edad. Abandonó la casa, por la puerta, tras hablar con ella y al ver que ella cogía el teléfono para llamar a la Policía. La mujer ha renunciado a las acciones penales, ejercitando únicamente las civiles.

El acusado ingresó en prisión provisional por esta causa por auto de 5 de marzo de 2022, hasta el 27 de julio de 2022. La Fiscalía consideró estos hechos constitutivos de un delito de quebrantamiento de condena en concurso con un delito de allanamiento de morada. Concurre la circunstancia agravante de la responsabilidad criminal de parentesco en el delito de allanamiento. Tras reconocer los hechos, el acusado aceptó una condena de 15 meses y 1 día de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Además, el acusado indemnizará a la víctima con 1.000 euros en concepto de daños morales, con aplicación de los intereses legales correspondientes.