El TSJA respalda el convenio que avala el hospital Quirón de Gijón
El tribunal rechaza el recurso presentado por la CSI contra el acuerdo de permuta de fincas firmado por la empresa con el Ayuntamiento

Entorno de Nuevo Gijón donde se proyecta el hospital Quirón. | MARCOS LEÓN
"Conforme a derecho". Así considera el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) que es el convenio urbanístico firmado entre el Ayuntamiento de Gijón y la firma IDCQ y que da soporte a la construcción del hospital Quirón en Nuevo Gijón. Consideración que se incluye en el fallo judicial que desestima el recurso que contra ese convenio presentó la Corriente Sindical de Izquierda (CSI). Contra esta resolución del TSJA cabe recurso de casación para ser resuelto por la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo.
La Corriente ha sido una de las entidades gijonesas más beligerantes con el proyecto de Quirón, aunque no la única. También han mostrado su rechazo desde parte del movimiento vecinal a IU y Podemos en el Pleno entendiendo que el futuro hospital privado va en detrimento de la sanidad pública asturiana.
Un interés diáfano
El convenio cuya nulidad pedía la Corriente suponía una permuta de fincas. La empresa IDCQ (del grupo Quirón Salud) asumía con el acuerdo ceder al Ayuntamiento cuatro parcelas en el entorno del hospital de Cabueñes –que pasarían luego al Principado para su plan de ampliación del hospital–y el Ayuntamiento traslada a la empresa dos parcelas en Nuevo Gijón para implantar un hospital.
En la sentencia los magistrados dejan claro que lo que se analiza es exclusivamente el convenio urbanístico, y no otros trámites vinculados al proyecto de Quirón como la posterior modificación del Plan General en ese ámbito. Ni otras consideraciones extraurbanísticas. Y de la pericial presentada por el recurrente dice que "da por supuestos una serie de incumplimientos pero sin explicar cual es la razón de ese incumplimiento". No acepta el tribunal que hubiera sido obligado hacer una subasta ni que se hubiera infringido la ley de transparencia y buen gobierno al no haber realizado consultas a organismos sanitarios.
También se puede leer en la sentencia que "no estamos ante un supuesto de desviación de poder, como parece deslizar la recurrente, en cuanto el interés a que responde la permuta se muestra diáfano al señalarse la adquisición de esos terrenos para operar la ampliación del hospital de Cabueñes". Y en la respuesta a ese bloque de motivos de impugnación los magistrados le recuerdan al recurrente que "la existencia de un sistema público de salud no excluye la existencia de centros privados"
Tampoco se ve inculcada la ley ambiental asturiana ya que al ser un convenio no debe someterse a procedimientos de evaluación ambiental. Ni la ley hipotecaria.
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