Simulaba vivir en Madrid para pagar menos impuestos que en Gijón (y ahora le multan con 350.000 euros)
La mujer, solo sacaba dinero en Asturias, iba a ambulatorios locales y las facturas de su casa en Gijón eran más altas

Multan a una gijonesa que simuló vivir en Madrid para eludir impuestos. / LNE
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha ratificado la multa de 141.748,03 euros que impuso Hacienda a una gijonesa, por simular que vivía en Madrid para eludir el pago de 212.461,12 euros como impuesto de patrimonio en Asturias, cantidad que también le obligó a pagar Hacienda. El Principado mantiene el impuesto sobre patrimonio, que afecta a quienes tienen un determinado nivel de bienes. En Madrid no se pagaba ese impuesto en los cuatro años sobre los que se efectuó la investigación fiscal de esta contribuyente: los ejercicios fiscales 2017 a 2020.
El acta de inspección, de julio de 2022, se levantó tras una investigación en la que se analizaron los consumos de las viviendas de Gijón y Madrid de la contribuyente, la asistencia a centros sanitarios, información bancaria y visitas a la vivienda madrileña declarada como domicilio fiscal. La sentencia de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, fechada el pasado 14 de noviembre resalta que el resultado de la inspección permitió constatar que todas las retiradas de efectivo de los bancos por parte de la sancionada se produjeron en Asturias; que los consumos de luz y teléfono en su vivienda de Gijón eran notablemente superiores a los de la de Madrid; que la contribuyente estaba en esos años adscrita a los centros de salud de Puerta de la Villa y Zarracina, además de haber sido atendida en centros médicos privados de Asturias. La inspección intentó contactar con la mujer en su vivienda de Madrid, sin que nadie atendiera a las llamadas y declarando el conserje del portal que habitualmente no residía nadie en esa vivienda.
La contribuyente intentó contrastar "este acervo indiciario, más bien probatorio" según la sentencia, aportando el empadronamiento en Madrid, algo que el tribunal señala que "otorga una presunción de residencia en el domicilio en el que figura inscrita, pero no constituye una prueba plena de residencia habitual en dicho domicilio, al moverse en un plano formal y no en el plano real". El tribunal no dio credibilidad a la explicación de la contribuyente de que sacaba dinero sólo en sucursales bancarias de Asturias por su relación con los empleados. Tampoco ofreció la sancionada, a juicio de los magistrados, explicaciones convincentes sobre los mayores consumos en la vivienda de Gijón respecto a la de Madrid o sobre porqué siguió adscrita a la sanidad asturiana.
La sentencia todavía puede ser recurrida en el Supremo
Ante eso, el Tribunal Superior de Justicia de Asturias ratifica la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional del Principado de Asturias que en septiembre de 2024 también había desestimado el recurso presentado por la contribuyente contra el acuerdo por el que en marzo de 2023 se le liquidó el pago del impuesto sobre el patrimonio de los cuatro años inspeccionados, al que unos meses después le siguió la imposición de la multa.
La sentencia es recurrible en casación ante el Tribunal Supremo, el máximo órgano nacional, cuya jurisprudencia al respecto se cita en el propio fallo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias. El Supremo señala que a efectos de la liquidación del impuesto sobre el patrimonio debe tenerse en cuenta el domicilio real del contribuyente, siendo el domicilio fiscal el designado por éste para recibir las notificaciones tributarias, sin que ambos tengan por qué ser el mismo.
El litigio
- Una gijonesa se empadronó en Madrid y declaró una vivienda en esa localidad como domicilio fiscal, con lo que entre 2017 y 2020 no pagó el impuesto sobre patrimonio, exento en Madrid.
- Una investigación de Hacienda constató que los consumos de luz y teléfono en la vivienda de Gijón eran sustancialmente superiores a los de la vivienda de la mujer en Madrid. También comprobó que todas las disposiciones de efectivo las hacía en sucursales bancarias de Asturias. Los médicos los tenía en Asturias. La mujer tampoco pudo ser localizada en su domicilio fiscal en Madrid.
- En 2022 se levanta un acta de inspección, obligándole a pagar 212.461,12 euros de impuesto de patrimonio por esos cuatro años más una multa de 141.748,03 euros.
- El Tribunal Económico Administrativo de Asturias rechazó el recurso de la contribuyente. El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ratifica esa resolución.
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