Absuelto un gijonés de violar a una menor porque "desconocía" su edad real
El acusado, de 25 años y con discapacidad intelectual, contactó con la joven, de 13, por una red social y quedaron para mantener relaciones sexuales completas

Palacio de Justicia de Gijón. / D. M.

Un joven gijonés, de 25 años en el momento de los hechos, ha salido absuelto del proceso judicial en el que se vio inmerso por un delito de agresión sexual, en su modalidad comisiva de violación a una menor de 16 años, después de mantener relaciones sexuales completas con una gijonesa de 13 años con la que había contactado previamente a través de una red social. Entiende el tribunal de la sección octava de la Audiencia que este individuo "desconocía" la edad real de la menor y aprecia una versión del asunto "totalmente contradictoria" en lo expuesto por la joven denunciante y su padre a lo largo del proceso judicial. Contra la sentencia cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Todo ocurrió en septiembre de 2021. El investigado, de 25 años en el momento del inicio de la causa, padece un "retraso mental ligero, síndrome poliformativo y alteración de conducta que le provocan un desarrollo acorde con el de una persona de edad adolescente" según quedó acreditado en la causa. Un trastorno que le mantiene, además, "incapacitado de forma absoluta para el gobierno de su persona y para la disposición" por sentencia judicial. Así las cosas, este gijonés conoció a la denunciante, nacida en 2008, a través de la red social Instagram, y tras dos meses de conversaciones terminaron por concretar una cita "a los únicos efectos de mantener relaciones sexuales", según se describe en la declaración de hechos probados de la sentencia.
El encuentro entre ambos finalmente se produjo, cerca de la vivienda de la menor de edad. Juntos, y de común acuerdo, se dirigieron a un lugar más apartado donde, "de forma voluntaria e ignorando el joven que la chica era menor de 16 años", mantuvieron relaciones sexuales completas (...). Luego, al terminar, se ausentaron del lugar, siendo sorprendidos poco después por la madre de la menor. A partir de ahí, los padres de la menor de edad optaron por presentar denuncia en la comisaría de la Policía Nacional, dando así comienzo todo el proceso judicial.
Acusación particular
El caso llegó a la sala de vistas de la sección octava de la Audiencia el pasado mes de noviembre. El juicio se celebró a puerta cerrada. El Ministerio Fiscal interesó una condena para este individuo de siete años de prisión y otros tantos de libertad vigilada (además de otras condiciones una vez cumplida la privación de libertad y el abono de la responsabilidad civil, fijada en 5.000 euros). La acusación particular, ejercida por los padres de la menor, elevó esa petición hasta los 15 años de cárcel, una década de libertad vigilada y el pago de una indemnización de hasta 36.000 euros. La defensa del joven gijonés procesado, por su parte, apostó ante el tribunal por la libre absolución de su cliente.
El tribunal opta por la absolución en base a varias cuestiones importantes. Por un lado, las "manifestaciones coincidentes" del procesado a lo largo de todo el proceso judicial, incluyendo los exámenes con la psicóloga forense, en los que señalaba que desconocía la edad real de la joven y que solo el día que se encontraron ella le manifestó que los 18 años "ya los había cumplido". Versión avalada por la declaración de la madre del acusado. Juega también a su favor que la "apariencia física y desarrollo emocional" de la joven era compatible a la fecha de autos con las de alguien de 16 años.
A la consistencia del relato del acusado se suman las sombras en las versiones de la menor y de sus padres, en especial la del progenitor, "totalmente contradictoria". Por un lado, ella sostuvo a los seis meses de la denuncia que sí le había dicho su edad cuando hablaban por la red social, pero que había borrado los mensajes para evitar que sus padres los descubriesen. Choca esa versión con que el padre asegurase que también advirtió al procesado de la edad de su hija. "Si ya había visto las conversaciones de contenido sexual de su hija con un varón y había advertido a este último de la edad de la niña, no tiene ningún sentido que se diga que no disponen de tales conversaciones porque la menor las borró para evitar que sus padres las vieran. Resulta, por ello, totalmente increíble tal extremo", argumentan los magistrados.
El caso
- Acusado. Un joven gijonés de 25 años con discapacidad intelectual. Defendió que desconocía la edad de la menor.
- Denunciante. De 13 años. Contactó con el acusado por una red social y tras dos meses de conversaciones quedaron para mantener relaciones sexuales.
- Absolución. La credibilidad del acusado choca con las incongruencias de la acusación.
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