La llamativa sentencia que deja libres a tres acusados de robar en chalets en Gijón: una huella y una mujer pillada sacando una bolsa valorada en 19.000 euros
La Audiencia Provincial deja libres a dos hombres y una mujer al no encontrar un solo indicio para atribuirles los asaltos
Se encontró una huella de uno de ellos en un perfume y a la mujer se la pilló sacando los objetos robados de Gijón

Los acusados, el día del juicio / P. P.

Imposible demostrar su culpabilidad. La Audiencia Provincial ha absuelto a tres procesados, dos hermanos y una mujer rumanos, acusados de perpetrar dos robos con fuerza en chalets de la zona rural de Gijón en Navidad del 2021. La sección octava tiene claro que los asaltos acontecieron en viviendas de Fontaciera y Caldones pero, pese a que se halló una huella de uno de los procesados en un perfume junto a otros objetos robados y que la mujer mandó dentro de dos bolsas dichos bienes sabiendo que eran robados fuera de la ciudad, entienden los magistrados que no hay ni una sola prueba ni indicios suficientes para enervar la presunción de inocencia. Los dos hombres, a los que se les atribuía la ejecución material de los robos, manifestaron en el juicio de este proceso, desvelado en su día por LA NUEVA ESPAÑA, que ni siquiera estaban en Gijón cuando estos sucedieron. Afirmaron estar en Francia, esquiando.
La sentencia recoge como hechos probados que los dos robos los cometió una persona o varias no identificadas. Explica que el 24 de diciembre, es decir, en Nochebuena, entraron en una de las casas tras romper una valla perimetral y se llevaron 13.000 euros en auriculares, relojes digitales, ropa, bolsos, bisutería, joyas y otras muchas cosas. Se recuperaron bienes por valor de 5.458,21 euros y los no recuperados se estimaron en 8.189,20. Más tarde, entre el 26 y 29 de diciembre, otra vez estas mismas personas asaltaron la otra casa. Se llevaron bolsos, joyas y perfumes, entre otros.
Más tarde, en una fecha no anterior al 29 de diciembre, se señala que la mujer recibió de una persona no identificada dos maletas con lo robado. Sabiéndolo y con ánimo de sacar dinero de ello, la ahora absuelta se envió a Barcelona una de las bolsas a sí mismay la otra la mandó a otra mujer a Ibiza. Usó una empresa de paquetería de la calle Ezcurdia. Los dos envios los interceptó la policía Nacional tras haber seguido la geolocalización de unos auriculares.
Los magistrados razonaron la absolución. Dejan claro que, cuando no hay una prueba de cargo suficiente, la suma de indicios puede ser suficiente para lograr una condena. Sin embargo, no encontraron ni lo uno ni lo otro. No tienen dudas de que los robos se produjeron y que, teniendo en cuenta el modus operandi y la cercanía entre uno y otro, se hicieron en continuidad delictiva. O sea, los que los cometieron siguieron un plan.
Lo que no se puede demostrar es que los dos hombres (C. C. y E. C.) fueran los autores. Los tres implicados reconocieron alojarse en un hotel en Gijón en diciembre. Los hombres estuvieron del 16 al 18 y la mujer se quedó en Gijón hasta el 29, el día que mandó la bolsa. Si bien, el tráfico de llamadas entre los hermanos no los sitúa el día de autos en repetidores compatibles con una de las vivienda asaltadas y tampoco se analizaron los repetidores próximos al otro chalet. Así, lo único probado es que estuvieron en Gijón, pero nada más.
Una huella y dos maletas
Por otro lado, se encontró una huella del pulgar derecho de E. C. Estaba en un frasco de perfume de la misma marca que una de las colonias sustraidas. El frasco además estaba dentro de las maletas con los otros objetos robados. Esto tampoco fue suficiente para lograr la condena. El acusado defendió que compró el perfume en un centro comercial y se lo dio a la mujer cuando él se fue de Gijón.
La sentencia argumenta que esa colonia es de venta corriente en los comercios, de una marca accesible para el gran público. Y eso, sumado a que en el resto de objetos, ni en la casa, ni en las bolsas se encontraron más huellas, no da pie a determinar que el perfume donde se encontró la huella sea el mismo que el perfume robado.
La Fiscalía y la acusación particular pedían condenas más elevadas por reincidencia. Los dos hermanos ya fueron condenados en el pasado por otro delito en Villaviciosa. Usaron un coche a nombre de la mujer acusada. Si bien, como no se aportó la sentencia por este ilícito la sala desconoce por qué delito se les condenó.
La mujer también se libra de toda condena a pesar de que se considera probado que mandó las dos bolsas sabiendo que dentro había objetos robados (valorados en 19.000 euros) y que quería sacar partido de ello. Como las acusaciones solo piden condenas para los tres por delitos de robo con fuerza este tipo penal no es compatible con los hechos que ella pergeñó. Unos hechos que la sala reconoce que sí serían punibles si se hubieran pedido penas por un delito de receptación. La Fiscalía pedía para los dos varones seis años de cárcel y cuatro para la mujer y la acusación particular siete y cuatro. Sin embargo, quedan en la calle.
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