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Jaime Torner

Una disposición ampliamente cuestionada

Las bajas por trastorno menstrual

En primer lugar, el trastorno menstrual (o dismenorrea) es un proceso con cuatro grados de intensidad que, en ocasionales grados severos, puede incapacitar la actividad cotidiana normal al asociarse a otros procesos ginecológicos, como la “endometriosis” (presencia fuera del útero de tejido endometrial). Presenta una clínica de dolor pélvico de variable intensidad, irradiado a zona lumbar, asociado a calambres de piernas, nauseas, vómitos, sudoración y sangrado menstrual; diferenciable de las “metrorragias” (sangrado uterino por patología subyacente). Precisa tratamiento sintomático y, posiblemente, la causa de baja sistemática por trastorno menstrual severo más lógica sería una anemia persistente.

En segundo lugar, ante una dismenorrea severa, el médico de cabecera concede la baja laboral de la paciente sin precisar el diagnóstico a la empresa para respetar el principio de confidencialidad. La única diferencia que aporta esta nueva disposición consiste en que la baja laboral estará retribuida desde el primer día, sin límite de tiempo ni requerir un período mínimo de cotización. Dicho lo cual, me pregunto ¿Parece un objetivo viable para la Seguridad Social? Personalmente, lo dudo.

En tercer lugar, de lo previo se deduce que la baja sistemática por dismenorrea severa resulta esporádica y que esta disposición aparentemente populista pretende resaltar la actividad del Ministerio de Igualdad. Incluso más, podría ser contraproducente para la propia mujer si genera una discriminación negativa ante una eventual contratación por ser económicamente inviable para la empresa. De hecho, un estudio del Hospital Clinic (Barcelona) calculó pérdidas de 20.000.000€anuales por absentismo laboral exclusivo de pacientes con “endometriosis”.

En cuarto lugar, ignoro los motivos del Ministerio de Igualdad para incluir semejante disposición en el nuevo anteproyecto de Ley sobre el Aborto puesto que parecen dos temas absolutamente independientes.

Finalmente, tal como hace unos días comentaba mi peluquero en amena charla mientras me cortaba el pelo: “Ahora, para que la política de igualdad pueda alcanzar un grado de excelencia, solamente haría falta abordar el problema de los huevos escalfados”. Intuyo que tan irónico comentario no se refería a un tema culinario.

En síntesis, salvo existencia de información puntual desconocida por la ciudadanía, la disposición del Ministerio de Igualdad sobre bajas laborales sistemáticas en trastornos menstruales severos parece ampliamente cuestionada por populista y económicamente controvertida; tanto para las empresas como para las arcas del Estado. Prueba de ello, son las presuntas reticencias surgidas dentro del propio Gobierno y del sindicato UGT.

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