Opinión
Reinar no significa gobernar
Sobre la posición de Felipe VI
Teóricamente, como jefe del Estado, el Rey ostenta la máxima autoridad del país (por encima del presidente del Gobierno), pero su margen de actuación se limita (por la Constitución de 1978) a la función de arbitrar o moderar. Sin embargo, según un artículo de J. L. Hevia: "El Rey no puede ejercer las competencias que le asigna la Constitución sin el refrendo del presidente del Gobierno". Por ello, el papel del Jefe del Estado parece estar sujeto al poder ejecutivo; lo cual genera ciertas consideraciones:
En primer lugar, la Constitución de 1978 se redactó contra reloj por un selecto grupo de políticos de todo el arco parlamentario y fue sancionada tras ser aprobada por el pueblo español mediante referéndum con mayoría absoluta; aunque, tras la muerte de Franco, España salía de una prolongada dictadura de 40 años con una importante influencia del estamento militar sobre el Gobierno.
En segundo lugar, fruto de este escenario político, surgió la consensuada resolución de supeditar el poder militar al civil: Consiguientemente, considerando que el Rey es la máxima autoridad de las Fuerzas Armadas, los "padres de la Constitución" decidirían que el cometido del Jefe del Estado estuviera controlado por el ejecutivo para evitar su injerencia en asuntos de gobierno; tal como sucede en otras monarquías parlamentarias como la británica, donde el cometido del Rey es casi protocolario y delega las tareas de Gobierno al primer ministro.
En tercer lugar, sin embargo, la situación política británica difiere mucho de la española, especialmente cuando ahora se tramita la Ley de Amnistía donde, presuntamente, el Rey no ha intervenido activamente ni como mediador (labor encargada por el Gobierno a un diplomático salvadoreño), aunque dicha ley pueda afectar la estabilidad del país. Dicho lo cual, me pregunto si procede modificar la Constitución para conceder al Rey mayores prerrogativas en casos extremos donde se amenace la unidad del país, como puede suceder con la mnistía. De hecho, en su discurso de la Pascua Militar, el Rey mostró su preocupación al respecto y, apelando al artículo 2 de la Constitución, destacó el inequívoco cometido de nuestras Fuerzas Armadas en defensa de la unidad nacional.
Alternativamente, según el artículo de Hevia, podría celebrarse un referéndum para que los españoles ratifiquen si el Rey debe sancionar esa ley con su preceptiva firma. Personalmente, añadiría que, si la consulta fuera desestimatoria, ello implicaría una moción de censura al Gobierno y exigiría celebrar nuevas elecciones.
En definitiva, el Jefe del Estado debería tener los medios constitucionales precisos para intervenir más activamente en situaciones políticas extremas, más allá de dar su opinión en discursos protocolarios.
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