Ya hay sentencia del "caso Trastévere": el Juzgado condena al Ayuntamiento y al Principado a indemnizar con más de 345.000 euros al "hostelero crucificado" de Grado
El fallo, contra el que cabe recurso ante el TSJA, valora en 330.346,89 euros la responsabilidad patrimonial de ambas administraciones y en 15.000 euros los daños morales

Paula Tamargo

El Juzgado condena al Ayuntamiento moscón y al Principado de Asturias a indemnizar a Bernardo Álvarez, conocido como el "hostelero crucificado de Grado", por el llamado "caso Trastévere". El Consistorio y la Administración autonómica deberán abonar 330.346,89 euros en concepto de responsabilidad patrimonial y 15.000 por daños morales. De esta suma, el municipio tendrá que pagar el 70 por ciento y el Principado el 30 restante, siguiendo el criterio que ya estableciera al respecto el Consejo Consultivo al pronunciarse sobre este conflicto.
El "Trastévere", un gastrobar en el centro de Grado, abrió con todas las licencias en regla en julio de 2022 y tuvo que cerrar a los 15 meses tras la denuncia de un particular que prosperó en los tribunales, que ordenaron, tras varios recursos municipales, la clausura del local.
Tanto el Ayuntamiento como el Principado habían concedido en su momento los permisos necesarios para la puesta en marcha del negocio, si bien la denuncia del particular argumentaba que el edificio que albergaba el gastrobar estaba en una zona del casco histórico con una protección singular parcial, conforme al catálogo urbanístico del concejo. La disquisición en el pleito tuvo que ver con si la catalogación del inmueble permitía o no esos usos. El Ayuntamiento había dado la licencia y lo hizo con todos los informes favorables en la mano, incluido el de Patrimonio del Principado, con lo que se respaldó la obra para rehabilitar el edificio.
Una historia que dio la vuelta al país
Tras la clausura del local, la historia de Bernardo Álvarez dio la vuelta al país tras protagonizar este una crucifixión simulada por la plaza de la villa moscona, cargando con una cruz de madera de gran tamaño antes de subirse a ella, lo que generó una imagen de gran impacto con la que dio a conocer su caso. Destacó entonces que, pese a haberlo hecho todo correctamente, contar con todos los permisos, se le cerraba el local dejándole con la deuda de la inversión y otras, además de lo que conllevaba despedir al personal y los daños psicológicos que esto le supuso.
El Ayuntamiento solicitó inicialmente un informe al Consejo Consultivo que en su dictamen consideró ya que procedía declarar la responsabilidad patrimonial del Consistorio moscón y estimaba en 150.000 euros los daños causados al hostelero, si bien reducía "la responsabilidad del Ayuntamiento a un 70 por ciento de ese perjuicio global" y declaraba que "procede indemnizar al reclamante en la cuantía de 105.000 euros" en lo que respect a a la Administración local. Esta "rebaja" de la responsabilidad municipal la argumentaba en que también medió en el procedimiento para la concesión de las licencias la consejería de Cultura, a quien correspondería el 30 por ciento restante.

El hostelero "crucificado" de Grado: el "vía crucis" del dueño del Trastevere, en imágenes / P: T.
El hostelero consideró "irrisorias" estas cantidades y decidió acudir al juzgado. En efecto, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Oviedo le reconoce una cantidad mayor y mantiene, eso sí el reparto de cargas que había establecido el Consultivo. La sentencia establece que de los 330.346,89 euros, el Ayuntamiento debe abonar 231.241,82 euros y el Principado 99.104,07 euros en concepto de "daños y perjuicios sufridos por las partes demandantes a consecuencia de la anulación de las licencias de obra y actividad destinadas a la reforma del inmueble". En lo que respecta a los 15.000 euros al hostelero por daños morales, el Consistorio tendrá que pagar 10.500 euros y la Administración autonómica 4.500 euros.
Cargas económicas
La defensa del hostelero reclamaba cuantías que sumaban más de un millón de euros por los daños económicos y de otro tipo que le causó la situación que le obligó a clausurar su local en Grado, si bien la cantidad que se le reconoce es más del doble de la que le reconocía el Consultivo. Hay, no obstante, algunos detalles en la sentencia que podrían aligerar la carga económica que pesaba tras el cierre sobre el hostelero, pues este recibió una subvención pública para impulsar el negocio por valor de 120.031,69 euros.
La sentencia dice al respecto que como no hay un acto administrativo firme que obligue al hostelero al reintegro de la ayuda a fecha actual, no cabe su indemnización.
Contra la resolución judicial cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias. Tanto el hostelero como el Ayuntamiento de Grado rehúsaron valorar la sentencia hasta que la analicen con detalle.
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