La Fiscalía del Principado de Asturias solicita la condena, por un delito de lesiones imprudentes, de un acusado de provocar una intoxicación por monóxido de carbono a dos vecinos de Llanera, uno de ellos un niño, tras conectar a una tubería de su edificio la salida de gases de un generador de gasolina que utilizaba para arreglar una furgoneta en un bajo del inmueble. La vista oral está señalada este miércoles, 11 de mayo, en el Juzgado de lo Penal número dos de Oviedo.

El Ministerio Fiscal sostiene que el acusado utilizaba un bajo de la calle Asturias de Lugo de Llanera con autorización de su propietario. El local no está habilitado para realizar ningún tipo de actividad por carecer de la infraestructura necesaria para ello, circunstancia que conocía el acusado. Pese a ello, sostiene Fiscalía, utilizó el local para reparar una furgoneta con el objetivo de convertirla en autocaravana. Debido a que en el local no había conexión de electricidad, para iluminarse y para procurar energía que permitiera el funcionamiento de las máquinas utilizadas en la manipulación de la furgoneta, el acusado instaló un generador de gasolina y conectó la salida de gases del mismo a la tubería de bajada del edificio. Así, los gases emanados del generador al quemar la gasolina entraron en las viviendas situadas en los pisos superiores a través de la tubería. El 4 de noviembre de 2020, a consecuencia de esa conexión, los gases desprendidos por el generador entraron en dos pisos del edificio, provocando que sus habitantes sufrieran intoxicación por monóxido de carbono.

Uno de los afectados, que reside en el piso segundo derecha, sufrió intoxicación por inhalación de monóxido de carbono, que le produjo un síncope. Necesitó tratamiento médico consistente en oxigenoterapia, sueroterapia, antieméticos y analgésicos, estuvo un día ingresada en el hospital, tardó en curar siete días y durante los 15 días posteriores tuvo un cuadro ansioso residual y dificultad para conciliar el sueño.

El otro, de 9 años, hijo del anterior, sufrió intoxicación por monóxido de carbono. Precisó asistencia médica y tardó en curar 3 días.

Los residentes en el tercero derecha, otras dos personas, sufrieron molestias que no necesitaron asistencia médica para su curación y no efectúan ninguna reclamación por los hechos. No consta además, precisa la Fiscalía, que el propietario del local tuviera conocimiento de las actividades realizadas por el acusado en el local.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de delito de lesiones por imprudencia grave del artículo 152.1-1º del Código Penal. Y solicita que se condene al acusado a la pena de multa de 10 meses, con cuota de 6 euros al día, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago.