El desesperado (e inútil) intento de eludir la cárcel del joven que violó a una niña de 13 años en Llanera

Huyó a la carrera de su trabajo cuando le fue a buscar la Guardia Civil, pidió el indulto y que no le encarcelasen mientras se tramitaba, pero el fiscal se opuso y ahora está en prisión

Uno de los módulos de la cárcel de Asturias.

Uno de los módulos de la cárcel de Asturias. / LNE

Luis Ángel Vega

Luis Ángel Vega

Oviedo

Todos los violadores tienen miedo a la cárcel. Temen las palizas o algo peor a manos del resto de los reclusos. Y los violadores de menores tienen aún más razones para tener pánico a la cárcel. Es lo que le ha pasado a un joven de Llanera, condenado a seis años de prisión por violar a una menor en Llanera en 2019. Después de agotar todos los recursos posibles, le dieron una fecha para que ingresase de motu proprio en la cárcel de Asturias. Como no apareció, una patrulla de la Guardia Civil fue a su casa, pero tampoco lo encontró. Según dijo su abuela a los agentes, se había ido a trabajar. Los agentes acudieron al trabajo del violador, pero éste huyó a la carrera. El juez dictó una orden de busca y captura y durante varios días estuvieron buscándole. Su abogado terminó convenciéndole para que se entregase, pero antes pidió el indulto y solicitó no ingresar en la cárcel mientras se tramitaba el perdón del Gobierno. Todo inútil. El ministerio público consideró que había razones de peso para que no se le concediese la suspensión del ingreso en prisión y el juez decretó su encarcelamiento, que ya se ha producido.

Es el final de una dolorosa historia que se inició sobre las diez de la noche del día 25 de julio de 2019. La niña estaba en su casa en Llanera, cuando recibió un mensaje telefónico de un amigo, en el que le preguntaba si podían ir a su casa él y otros dos amigos comunes, a fin de esperarla allí mientras ella se cambiaba para salir juntos. La menor accedió. De camino a casa de la niña, los tres jóvenes se encontraron con un conocido, de 18 años de edad en aquella fecha. Sin ser invitado y sin conocer a la niña, se sumó al plan de ir a casa de ésta, manifestando éste en algún momento del trayecto a los amigos que “le apetecía follar”.

Una vez llegaron los cuatro jóvenes a casa de la menor, llamaron al timbre, asomándose por la ventana ella, que, sin apreciar la presencia del procesado, les abrió la puerta de la calle, dejándoles también abierta la puerta de su domicilio para que pudieran entrar, en tanto ella se fue a su dormitorio para terminar de cambiarse de ropa, accediendo los cuatro jóvenes directamente al salón de casa, donde se pusieron a ver la televisión y a escuchar música rap.

El agresor, en tanto los otro tres estaban en el salón y sabiendo que la menor se estaba cambiando en su dormitorio, entró en el mismo, cerró la puerta y al preguntarle la menor quién era, éste se identificó con el nombre falso de “Pelayo”, diciéndole también que tenía 15 años y que era amigo del fútbol de uno de los jóvenes que había en el salón, pidiéndole la menor que saliera de su habitación, a la vez que la misma fue al salón a preguntar a sus amigos si era verdad que conocían al procesado, confirmándole éstos que sí. La menor regresó a su dormitorio, procediendo a bajar la persiana para que no la vieran los vecinos, ya que tenía que terminar de cambiarse, entrando nuevamente en dicho cuarto el procesado a los pocos minutos, quien, dirigiéndose a la menor directamente, empezó a decirle que no tuviera miedo, que no le iba a pasar nada, que no le iba a hacer daño, que se tranquilizase, que sólo quería enrollarse con ella, y que si le daba un beso la dejaba en paz, todo ello mientras la agarraba de las manos, pero sin emplear fuerza, dándole entonces la menor un beso muy superficial al procesado con la única intención de que éste la dejara tranquila y se marchara.

No obstante, el acusado en su pretensión libidinosa intentando colocar a la niña sobre la cama, hasta conseguirlo; momento en el que ésta se sentó en dicha cama, colocando entre sus piernas un peluche de mono grande que allí tenía, pero que el procesado le consiguió quitar tras varios tirones en los que llegó a descoser dicho peluche por varios extremos, comenzando seguidamente el joven a tocar a la menor, que estaba en estado de shock y que sólo llevaba puesta la camiseta, sujetador y tanga, hasta introducirle los dedos en la vagina, cuando menos una vez, parándose de repente el procesado y tras bajarse los pantalones y los calzoncillos, preguntar a la menor si “quería con o sin condón”, cesando de forma repentina éste en su conducta al decirle a la menor que había recibido un aviso por el móvil de que su abuelo estaba enfermo y de que tenía que marcharse, vistiéndose y saliendo de la habitación. La menor se puso los pantalones y salió hasta el salón, pidiéndoles a sus amigos que se marcharan, diciéndole éstos que el procesado al salir les dijo “me la tiré”.

Como consecuencia de estos hechos la niña ha sufrido episodios de ansiedad, agresividad, insomnio y pesadillas continuadas, crisis de llanto y gritos, no habiendo podido volver a dormir en su dormitorio requiriendo de tratamiento por especialistas en salud mental y tratamiento farmacológico en momentos puntuales reclamando por ello.

La letrada Azucena Novoa.

La letrada Azucena Novoa. / LNE

En el juicio celebrado a finales de 2023 en la sección segunda de la Audiencia, el acusado fue condenado a seis años de cárcel, la pena que solicitaba elk ministerio público y la acusación particular, ejercida por la familia de la menor, cusyos intereses defendió la letrada Azucena Novoa Cardín, que solicitaba además una fuerte indemnización. El tribunal consideró el relato de la menor totalmente coherente y creíble, corroborado además por el testimonio de los amigos de la menor. "La declaración de la víctima ha satisfecho, con creces, las exigencias que nuestra doctrina le impone para constituir prueba incriminatoria válida y suficiente para dicha desvirtuación", señala la sentencia. Posteriormente, en abril del año pasado, la sala de lo civil y penal del TSJA rechazó el recurso del acusado y avaló la sentencia de la sección segunda. Finalmente, el pasado mes de diciembre, la sala de lo Penal del Tribunal Supremo rechazó admitir a trámite el recurso presentado por el acusado, al considerar que no había materia para la casación, al entender que el testimonio de la niña había sido palmario y que en ningùn caso se había producido una relación consentida, pues la menor mostró en todo momento su rechazo a las pretenciones del joven.

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