Más espacio para las terrazas hosteleras mientras dure el Boombastic: Llanera permitirá una ampliación excepcional de superficie del 14 al 19 de julio
La Alcaldía emite un bando con las condiciones de aplicación de la medida

Terrazas hosteleras en Lugo de Llanera, en una pasada edición del festival. / L. P.

El Festival Boombastic llega a Llanera y el Ayuntamiento aprueba algunas medidas especiales para apoyar a la hostelería local. Así, ha aprobado con carácter excepcional, del 14 al 19 de julio, la ampliación de la superficie máxima autorizada para las terrazas de hostelería. La medida va dirigida exclusivamente a los establecimientos que ya cuentan con ella y tienen en vigor los correspondientes permisos. Además, las extensiones solo podrán hacerse sobre espacio de titularidad municipal, no en privados, salvo autorización expresa de los propietarios.
La superficie ocupada por la terraza podrá ampliarse hasta un máximo de 20 metros cuadrados. El establecimiento deberá exhibir en lugar visible desde la vía pública el cartel de autorización correspondiente al año vigente y la ampliación está sujeta a las mismas condiciones generales establecidas en la resolución de autorización de la terraza, en lo que respecta a horarios, recogida, elementos permitidos, etcétera.
Estos y otros detalles se explican en el bando municipal que ha hecho público la alcaldesa, Eva Pérez, en el que se incide en la excepcionalidad de la medida, limitada al periodo de mayores afluencias a causa del Boombastic. Se precisa además que queda prohibida la instalación de terrazas hosteleras frente a pasos de peatones, invadiendo los itinerarios peatonales o frente a salidas de emergencia de locales de pública concurrencia sin respetar las distancias mínimas exigidas por la normativa aplicable.
Ordenanzas
Tampoco se podrán colocar de forma que obstaculicen el acceso a paradas de transporte público o a los propios medios de transporte, "en lugares donde oculten total o parcialmente o dificulten la visibilidad de la señalización de tráfico" o, entre otros casos, "junto a plazas de aparcamiento reservadas para personas con movilidad reducida dispuestas en línea".
"Frente a portales u otros accesos a edificios de viviendas, garajes, etcétera, no se permite ocupación alguna en la totalidad de la alineación de la fachada correspondiente a estos elementos", añade el bando municipal. Se recuerda asimismo que, conforme a la ordenanza municipal sobre la instalación de terrazas de hostelería en la vía pública, está prohibida la colocación de equipos de música, amplificadores, reproductores de sonido o aparatos audiovisuales con sonido.
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