Una sentencia dictada por un tribunal gallego ha vuelto a poner en jaque las multas de radares que cada mes llegan a las casas de cientos (por no decir miles) de conductores en España. La asociación de Automovistas Europeos lleva tiempo insistiendo en que las instalaciones con las que cuenta la Dirección General de Tráfico no realizan una medición del todo exacta de la velocidad a la que circulan los coches sancionados. Es lo que se conoce como el "nudo gordiano". Los abogados del estado contestan sin embargo que la velocidad que se toma como referencia a la hora de multar no es la que da el cinemómetro sino que es la que luego se obtiene de aplicar el margen de error correspondiente.

Sin embargo en la sentencia que ahora se acaba de hacer pública y que los propios Automovistas Asociados recogen en su página web asegura que en las multas debe corregirse en cada caso la velocidad detectada por el radar aplicando (siempre a la baja) el índice máximo de error admisible. Esto es, si la velocidad es igual o inferior a 100 kilómetros por hora (hay que recordar que en el caso de las carreteras convencionales o nacionales la velocidad máxima permitida se ha reducido en este caso hasta los 90 kilómetros por hora), deben restarse hasta 5 kilómetros por hora si la medición se realizó desde un radar estático y 7 si es desde uno móvil. Por lo tanto el conductor no llegaría a 100 kilómetros por hora a no ser que estuviera circulando a 107 o 105 como mínimo.

En el caso de que la velocidad sea superior a esa (en caso de autovías sería de 120 kilómetros por hora la máxima por ejemplo) debe aplicarse un margen de error del 5 o el 7 por ciento. Esto es: 126 kilómetros por hora. (En esta información puedes ver los radares que más multan de España).

El juez reconoce que "esta es la única manera que se puede llegar a sancionar a quién en realidad, por los mencionados errores de medición, no ha llegado a cometer el hipotético exceso de velocidad detectado por el aparato, aplicándose así el principio del in dubio pro reo característico tanto del derecho penal como del administrativo sancionador".

Desde las asociaciones de automovistas llaman a los sancionados a mirar bien las multas y a comprobar si los márgenes de error se están aplicando de forma correcta. En caso de que no sea así se deben reclamar. Desde estas asociaciones insisten (como lo hacen los jueces) que en estos casos dada la escasa cuantía de las multas es prácticamente imposible que el Tribunal Supremo llegue a pronunciarse sobre este tema y que por tanto se llegue a sentar una jurisprudencia que ayude en todos los casos que se presentan. Desde estos organismos acusan a las administraciones de querer hacer dinero con los conductores a pesar de que muchas de las multas saben que no están interpuestas de una forma legal.