Así puedes librarte de la multa si la ITV te ha caducado en septiembre
Una norma que ha cogido por sorpresa a muchos conductores

Así puedes librarte de la multa si la ITV te ha caducado en septiembre
Los conductores cuyas autorizaciones de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) venzan a partir del día 1 de septiembre se exponen a ser sancionados si, debido al atasco en las estaciones asturianas que prestan el servicio, no pueden realizar a tiempo el examen.
El Ministerio de Industria ha decidido no establecer una nueva prórroga como la que favorece a quienes debían renovar la autorización antes del 31 de agosto, al considerar que no existen dificultades generalizadas en la ITV españolas. Problemas que sí persisten en Asturias si se tiene en cuenta que en la mayoría de los centros de inspección no hay citas libres hasta enero.
El estado de alarma conllevó el cierre de todas las estaciones de ITV entre el 14 de marzo y el 10 de mayo, al no estar clasificadas como actividades esenciales. A raíz de ello, el Gobierno tomó medidas extraordinarias para evitar que quedasen en situación ilegal cientos de miles de vehículos cuyos permisos técnicos caducaron en ese período o en las semanas siguientes, ante el aumento súbito de carga de trabajo en las estaciones.
El Ministerio de Industria, que comparte las competencias de la ITV con las comunidades autónomas, tomó en concreto dos decisiones que se explican en los siguientes puntos, junto a la nueva situación que se crea a partir del 1 de septiembre para una parte de los conductores.
¿Se arriesgan esos conductores a sufrir multas? Por el momento se mantiene vigente una instrucción interna de Interior que comenzó a aplicarse a fines de junio. En ese documento, al que tuvo acceso este diario, se explica que, para los casos en los que la ITV de los vehículos venzan después del final del estado de alarma y para aquellas provincias "donde se haya acreditado que no es posible atender en plazo las solicitudes de cita para la revisión", Tráfico aplicará los siguientes criterios:
1- "Se procederá al sobreseimiento del procedimiento sancionador cuando quede acreditado que se dispone de cita para la revisión del vehículo solicitada con antelación a la fecha de expiración que figure en la tarjeta ITV"
2- "Se continuarán los procedimientos sancionadores por ITV caducada cuando la cita se haya solicitado con posterioridad a la fecha de expiración que figure en la tarteja ITV".
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