Cada año (o cada dos si el coche tiene menos de 10 años) llega el gran examen para nuestro vehículo: pasar la ITV. Después de pedir la cita previa es el momento de que los mecánicos especializados del centro de la Inspección Técnica de Vehículos que hayamos escogidos examinen al detalle cada parte del coche para que este sea apto para la circulación. Desde las luces, hasta los neumáticos, todo debe estar en orden para conseguir la pegatina y poder así circular en regla durante otros dos años.

No obstante, ya ha entrado en vigor una nueva norma a la hora de revisar los vehículos. Las estaciones comienzan hoy a comprobar los sistemas de control de emisiones. Estos centros cuentas con dispositivos de lectura OBD (On Board Diagnostic- Diagnóstico a bordo) que comprueban los sistemas de control de emisiones (E-OBD). Este protocolo se aplica para aquellos vehículos fabricados a partir del año 2006 (vehículos ligeros Euro 5 y Euro 6 y vehículos pesados Euro VI) y es una prueba complementaria a la que se hace habitualmente de gases (que se seguirán realizando durante la inspección). Es por ello, que aquellos coches que registren defectos en este sistema, no pasarán la ITV.

Desde la Asociación Española de Entidades Colaboradoras con la Administración en la ITV han subrayado que la lectura E-OBD no mide nuevos contaminantes, sino que comprueba que el sistema de control que incorporan los vehículos no presenta averías, errores o manipulaciones.

Así puedes librarte de la multa si la ITV te ha caducado en septiembre

El Ministerio de Industria, que comparte las competencias de la ITV con las comunidades autónomas, tomó en concreto dos decisiones que se explican en los siguientes puntos, junto a la nueva situación que se crea a partir del 1 de septiembre para una parte de los conductores.

¿Se arriesgan esos conductores a sufrir multas? Por el momento se mantiene vigente una instrucción interna de Interior que comenzó a aplicarse a fines de junio. En ese documento, al que tuvo acceso este diario, se explica que, para los casos en los que la ITV de los vehículos venzan después del final del estado de alarma y para aquellas provincias "donde se haya acreditado que no es posible atender en plazo las solicitudes de cita para la revisión", Tráfico aplicará los siguientes criterios:

1- "Se procederá al sobreseimiento del procedimiento sancionador cuando quede acreditado que se dispone de cita para la revisión del vehículo solicitada con antelación a la fecha de expiración que figure en la tarjeta ITV"

2- "Se continuarán los procedimientos sancionadores por ITV caducada cuando la cita se haya solicitado con posterioridad a la fecha de expiración que figure en la tarteja ITV".