El Boletín Oficial del Estado (BOE) incluyó el pasado 13 de abril un nuevo Real Decreto 265/2021 que se aplicará a partir de 2022 con el que modifica el Reglamento General de Vehículos y que incluye una serie de novedades sobre los vehículos al final de su vida útil. Todas ellas se recogen en una carta que la DGT enviará a miles de conductores a lo largo de 2021.

Entre estas clausulas destaca aquella que pretende acabar con los ‘coches zombie’, es decir, aquellos que están dados de baja de forma temporal, con lo que no pagan impuestos ni seguros, pero que en realidad siguen circulando. La modificación, que se pondrán en marcha en 2022, establece que si pasado un año el usuario no solicita la prórroga de la baja, el coche pasará automáticamente a estar de nuevo en situación activa, debiendo de pagar de nuevo todos los impuestos y seguros pertinentes. Las prórrogas se podrán tramitar en la Jefatura de Tráfico como máximo dos meses antes de la fecha de finalización de dicha baja.

Hasta la fecha no había ningún límite de tiempo para las bajas temporales de los coches, por lo que se había multiplicado el número de vehículos que se encontraban en ese limbo legal que les permitía circular exentos de pagos.

Muchos usuarios se preguntan, ¿qué pasa con los patinetes eléctricos? Durante los últimos meses se ha hablado de plantear una ITV a este tipo de transportes, tan comunes en las ciudades desde el último año. El pleno del Senado ha aprobado la reforma de la ley de tráfico con la incorporación de una enmienda del grupo socialista que elimina la posibilidad que tienen los vehículos de rebasar en 20 km/h el límite de velocidad para adelantar en carreteras convencionales, en contra del criterio del Congreso.

La nueva ley prohíbe también la circulación de vehículos de movilidad personal como los patinetes, las bicicletas y los ciclos por las aceras, una medida recogida en una enmienda del PSOE transaccionada que, aunque ya la han adoptado en algunas ciudades, este grupo cree que debía recogerse en una norma con rango de ley. Los senadores han respaldado también una enmienda del PP que recoge que en ningún caso el conductor menor de edad podrá circular por las vías con una tasa de alcohol en sangre superior a 0 gramos por litro o de alcohol en aire espirado superior a 0 miligramos por litro.

En 2022, por lo tanto no habrá que pasar ningún tipo de ITV a nuestro patinete. Lo que sí establece la norma es que estos aparatos deben contar con un certificado de circulación emitido por el fabricante y en el que se incluyen las características técnicas del vehículo.