Las motos que no podrán circular a partir de 2023 según la DGT

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Las motos que no podrán circular a partir de 2023 según la DGT

Las motos que no podrán circular a partir de 2023 según la DGT / 4 PM production

M. R.

A partir del, 1 de enero de 2023, todos los municipios españoles de más de 50.000 habitantes, los territorios insulares y los que tengan una población superior a 20.000 personas y superen los valores límite de contaminantes regulados tendrán que aplicar zonas de bajas emisiones (ZBE) en sus territorios.

Alrededor de 150 municipios españoles, en los que en total viven unas 25 millones de personas y alrededor del 53% de la población nacional (según cálculos de distintas organizaciones), son los que deberán implementar ZBE, lo cual implica medidas como restringir el acceso a determinados vehículos a esas zonas, fomentar el transporte colectivo y los puntos de recarga de vehículos eléctricos, entre otras cuestiones.

Las estimaciones de diferentes organizaciones del sector del automóvil apuntan que la implantación de estas medidas afectará a casi cuatro millones de vehículos sin etiqueta medioambiental de los en torno a 11,5 millones de coches que circulan en las ciudades españolas en obligación de tener una ZBE en 2023.

¿Y qué pasa con las motos?

Son muchos los consistorios que no han llegado a tiempo y, como no supone sanción alguna, han retrasado la activación de su Zona de Bajas Emisiones y las limitaciones a la circulación y estacionamiento. También depende del consistorio la obligatoriedad de lucir el distintivo. Algo que también afectará a las motocicletas, ciclomotores, sidecar, triciclos y cuadriciclos ligeros, que se clasifican por los siguientes distintivos:

  • Etiqueta 0: modelos eléctricos.
  • Etiqueta ECO: modelos híbridos, casi inexistentes por ahora.
  • Etiqueta C. Motos que cumplan la normativa Euro3 y Euro4.
  • Etiqueta B. Motos que cumplan la normativa Euro2.
  • Etiqueta A o sin etiqueta: son las anteriores a 2003, aquellas que pasarán a estar prohibidas en las ZBE.
Motos

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Las motos que no cumplan estos requisitos no tienen derecho a etiqueta medioambiental. Desde un punto de vista práctico esto supone que los vehículos anteriores a 2003 no tienen identificativo. Según datos de la DGT estos suponen un 45% del parque nacional.

REGULACIÓN GENERAL

Las ZBE podrán establecer medidas de carácter continuo o temporal como restricciones de acceso, circulación y estacionamiento de vehículos para mejorar la calidad del aire y mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero, conforme a la clasificación de los vehículos por su nivel de emisiones de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Vehículos vigente.

Con respecto a los objetivos de mitigación del cambio climático, el Real Decreto señala que los municipios tendrán que definir objetivos cuantificables de reducción de emisiones para 2030 y que sean coherentes con el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima para la reducción del uso del vehículo privado de motor frente al resto de modos de transporte.

En caso de que se cumpla con los límites de contaminación, la norma permite el acceso excepcional de vehículos contaminantes por razones justificadas, como por ejemplo los que prestan servicios públicos básicos, entre otros, servicios de emergencias o recogida de basuras.