Aviso DGT: este es el documento obligatorio que debes tener si vas a conducir por el extranjero este verano

La Dirección General de Tráfico advierte sobre la información imprescindible que debes llevar contigo si conduces fuera de España

Aviso DGT

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F. L.

Seguro que más de uno tiene ya la mente puesta en las vacaciones y en su próximo destino vacacional. Si eres de los que vas a viajar al extranjero y tienes pensado moverte en coche de alquiler o propio esto te interesa. Y es que la DGT ha advertido a través de su perfil de X, los documentos que no te pueden faltar si vas a ponerte en carretera tanto por pasíses de la Unión Europea como por otros del extranjero.

En cada caso necesitarás una serie de documentación para poder desplazarte sin problemas.

Moverte por la Unión Europea

Con tu permiso español en vigor podrás conducir sin necesidad de ningún tipo de autorización adicional en todos los países de la Unión Europea (UE) y del Espacio Económico Europeo (EEE: Islandia, Liechtenstein y Noruega) y en los países con los que existe un tratado bilateral en materia de circulación y transporte (Andorra, Argelia, Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Corea del Sur, Costa Rica, Ecuador, Japón(*), Marruecos, Nicaragua, Perú, República Dominicana, Panamá, Paraguay, Uruguay, Brasil, El Salvador, Filipinas, Guatemala, Serbia, Suiza, Turquía, Túnez, Ucrania, Mónaco, Macedonia del Norte, Reino Unido e Irlanda del Norte, Nueva Zelanda).

En el caso de Japón, aunque existe tratado bilateral, no está contemplado el reconocimiento recíproco de los permisos de conducción nacionales. Si quieres conducir en este país, tendrás que llevar tu permiso de conducción válido y en vigor, acompañándolo con el permiso internacional, también válido y en vigor. 

Permiso internacional

Por el contrario, si vas a conducir en cualquier otro país, deberás obtener previamente un permiso internacional.

El permiso internacional es aceptado en prácticamente todos los países del mundo, y te permite conducir normalmente siendo aconsejable que venga acompañado de tu permiso español en vigor. Además, este permiso no permite la circulación en el país en el que se expide. 

En cuanto a su validez, tiene vigencia de un año. Se trata de un permiso temporal por lo que, si vas a cambiar tu residencia a otro país, tendrás que informarte allí de cómo actuar para realizar el canje o inscripción de tu permiso según las reglas de tu nuevo país.

Si vienes de otro país de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein o Noruega, y necesitas un permiso internacional, antes de solicitar tu permiso en España, tendrás que inscribir tu permiso en la DGT.

Aún así, si vas a viajar fuera de la UE y el EEE, te recomendamos que confirmes en el consulado o la oficina de turismo del país si en la actualidad tiene tratado bilateral con España o si, por el contrario, necesitas el permiso internacional.

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