La norma del Gobierno que prohíbe la circulación a partir de enero a los coches que tengan estas matrículas: comprueba si el tuyo es uno de los afectados
Una prórroga que toca a su fin en apenas tres meses y será de obligado cumplimiento

La norma del Gobierno que prohíbe la circulación a partir de enero a los coches que tengan estas matrículas: comprueba si el tuyo es uno de los afectados
El control para circular en la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) se pone seria y dura con 400.000 conductores. La comunidad de Madrid ha informado que a partir de enero de 2026, los vehículos que no cuentan con etiqueta ambiental, la denominada etiqueta A, y que están empadronados en la capital podrán circular por la ciudad en 2025, aunque se mantiene la prohibición ya vigente para aquellos que no están empadronados en Madrid.
Tal y como explica el Boletín Oficial del Estado, la etiqueta A se refiere a los coches de gasolina matriculados antes del año 2000, y coches diésel anteriores al año 2006. De forma mucho más precisa, hablaríamos de coches de gasolina anteriores a la normativa Euro 3, y coches diésel anteriores a la normativa Euro 4. El BOE explica que no se ha creado un distintivo ambiental para los vehículos A. Por tanto, hablar de etiqueta A no tiene sentido, ya que no existe.
El delegado de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento, Borja Carabante informaba a finales del pasado años de que los vehículos que no cuentan con etiqueta ambiental y que están empadronados en la capital podrían circular por la ciudad en 2025, aunque se mantiene la prohibición ya vigente para aquellos que no están empadronados en Madrid. Una prórroga que toca a su fin en apenas tres meses. De este modo, todos los titulares de vehículos mencionados anteriormente que infrinjan la normativa vigente (Ordenanza de Movilidad Sostenible) para Madrid ZBE-desde las 00 horas del sábado 1 de enero de 2025 hasta las 23.59 del miércoles 31 de diciembre de 2025-y sean interceptados por las cámaras recibirán una comunicación por carta a su domicilio de carácter informativo.
Eso sí, se establecen tres tipos de autorización de acceso, que se suman a las exenciones para vehículos que trasladen Personas con Movilidad Reducida (PMR) y vehículos históricos ya vigentes.
Este es el caso de los autónomos (o sociedades unipersonales) de 59 años cumplidos en 2025 en adelante con vehículos A de más de 3,5 toneladas; así como a titulares de vehículos A o familiares que lo necesiten para su traslado a centros médicos y hospitalarios para someterse a tratamientos hospitalarios-no consultas Se establecerá un procedimiento para solicitar el acceso por registro, ya que no se realizará de oficio.
También se permitirá el acceso temporal a los vehículos A de aquellas personas que hayan comprado uno nuevo de bajas emisiones, pero que por cuestiones de fabricación no lo haya recibido todavía.
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