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Atención motoristas: el papel que la Guardia Civil ya está buscando en las maletas o bolsas de las motos

La sanción asciende hasta los 500 euros

Atención motoristas: el papel que la Guardia Civil ya está buscando en las maletas o bolas de las motos

Atención motoristas: el papel que la Guardia Civil ya está buscando en las maletas o bolas de las motos

Los conductores de motocicletas y ciclomotores son unos de los usuarios más vulnerables de las vías, junto con los ciclistas y peatones. Estos vehículos de dos ruedas son menos estables y visibles en carretera, y en caso de sufrir un accidente de tráfico, tienen un mayor nivel de letalidad que otros vehículos como los turismos.

Las multas por no llevar la documentación o los elementos obligatorios de una moto pueden ser de hasta 500 euros, por lo que siempre es aconsejable que estos documentos los lleves en la maleta de tu motocicleta en caso de que te pare la Guardia Civil.

Tal y como explican desde RACE, "hay tres documentos que debes asegurarte de tener contigo antes de subirte sobre la moto: el carnet de conducir, el permiso de circulación y la tarjeta favorable de la ITV. No presentarlos si un agente de la autoridad te los requiere puede dar lugar a sanciones económicas de diferente cuantía. Así, por ejemplo, puedes recibir una multa de 10 euros por cada uno de los papeles del vehículo que no puedas mostrar al agente"

Asimismo, conviene recordar que no es imprescindible presentarlos físicamente si dispones de la aplicación miDGT, en la que se incluye toda la documentación relativa al conductor y sus vehículos.

Carnet de conducir válido para el tipo de motocicleta con el que circules (AM, A1, A2 y A). No llevarlo puede dar lugar a infracciones de distinta gravedad y cuantía: si incluye datos erróneos, es una infracción leve por la que puedes recibir una multa de 80 euros; si se te ha pasado de fecha y conduces con el carnet caducado, es una infracción grave penalizada con 200 euros de multa; pero si conduces con el carnet retirado o suspendido; sin puntos en el carnet; o con un permiso que no te habilite para ese tipo de moto, la infracción es muy grave y conlleva una multa de 500 euros y la pérdida de cuatro puntos del carnet.

Permiso de circulación. Este documento es la autorización de Tráfico para poder circular legalmente con tu moto. Acredita que está registrada a tu nombre y que cumple con todos los requisitos exigidos por la ley, e incluye todo tipo de información como los datos de matrícula, primera matriculación; cilindrada y potencia o marca y denominación comercial, entre otros. Si tu moto no dispone de este permiso, la infracción es muy grave y se castiga con 500 euros de multa. Y una cosa más: no será válido a menos que vaya acompañado de un informe favorable de la ITV.

Tarjeta de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV). Sirve para acreditar que tu moto ha superado la correspondiente inspección y que cumple con los requisitos mínimos exigidos para circular con seguridad. Como hemos señalado, es imprescindible contar con una ITV favorable, además de llevar expuesta la correspondiente pegatina en un lugar visible del carenado frontal de la moto. Circular con la ITV caducada o desfavorable se castiga con 200 euros de multa, y si se hace con un informe negativo, la sanción asciende hasta los 500 euros.

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