Cambios por circular con nuestro perro en el coche por la entrada en vigor de la "controvertida Ley de protección de los derechos y el bienestar de los animales": adiós a acariciarlo y sanción de 500 euros
"La entrada en vigor, el pasado año, incorpora muchos cambios encaminados a proteger a las mascotas"

Cambios por circular con nuestro perro en el coche por la entrada en vigor de la "controvertida Ley de protección de los derechos y el bienestar de los animales": adiós a acariciarlo y sanción de 500 euros
En España ya hay más perros (9,3 millones) que niños menores de 14 años (6,6 millones), según las últimas estadísticas publicadas. Además, el 71,4% de los hogares españoles tienen un can y el 23,7%, un gato, y muchas veces nos los llevamos de viaje. A las puertas del verano y de las vacaciones, la Guardia Civil está extremando los controles para vigilar cómo viajan las mascotas en los coches. Llevar al perro suelto dentro del automóvil y con la cabeza asomando por la ventanilla, una imagen muy típica por zonas urbanas, es multa directa. Las sanciones pueden llegar hasta los 200 euros.
¿Qué dice la normativa? El artículo 13 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial establece que el conductor debe garantizar que nada le entorpece ni dificulta su visibilidad. Para eso debe procurar “la adecuada colocación de objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos”. Esto significa, avisa la Dirección General de Tráfico (DGT), que los perros “no puede viajar suelto, ni con la cabeza por fuera de la ventanilla, ni sentarse encima del piloto". Tienen que ir bien sujetos.
Si el animal no viaja bien sujeto y protegido, su dueño o persona responsable se expone a una cuantiosa multa. Pero más allá de la sanción económica, lo más importante es la seguridad tanto de tu mascota como de las personas que viajan contigo. Un animal suelto puede provocar distracciones en el conductor, Io que puede llegar a provocar una colisión, explican desde RACE.
Incumplir las normas conlleva un castigo, y en el caso del transporte de animales en un vehículo supone una multa por incumplir el artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación. Concretamente el texto de este artículo dice lo siguiente: "El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos”.
Si la mascota está libre por el vehículo y el conductor está realizando una conducción negligente (por ejemplo, llevar la mascota en el regazo) o abrazarla mientras conduce se considera una sanción grave y se enfrenta a una multa de 500 euros y la retirada de hasta 6 puntos del carnet de conducir.
Pero, hay más. Si la mascota está libre por el habitáculo y el conductor ha tenido un accidente, se puede considerar como conducción temeraria. Esto se considera una infracción muy grave y supone una multa que puede llegar hasta 1.000 euros y hasta 6 puntos del carnet de conducir.
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