La DGT da la razón a los motirstas sin multas: ahora podrán ir por este lado de la carretera sin ser multados
“Esta es una medida para dar fluidez a la circulación de los motociclistas con unas condiciones determinadas de seguridad"

La DGT da la razón a los motirstas sin multas: ahora podrán ir por este lado de la carretera sin ser multados
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha anunciado que el año que viene se modificarán varios artículos del Reglamento General de Circulación (RGC) relativos al uso del carril y del arcén en vías interurbanas para dar una mayor seguridad y fluidez a la circulación. Tal como ha anunciado la DGT en su página web, los cambios del RGC se harán por Real Decreto, entrarán en vigor en 2025 y afectarán a todos los vehículos que circulan en España, especialmente a las motos, a los vehículos prioritarios y a las grúas.
Un cambio que modificará el artículo 36 del RGC para autorizar a las motocicletas a circular por el arcén de la derecha en todo tipo de vías con retenciones circulatorias, aunque con dos condiciones: deberán circular a una velocidad no superior a 30 km/h y respetando siempre la prioridad de los vehículos obligados a circular por el arcén, como las bicicletas.
“Esta es una medida para dar fluidez a la circulación de los motociclistas con unas condiciones determinadas de seguridad”, señala la subdirectora adjunta de Circulación de la DGT.
Y, ojo. Tráfico pone en marcha 33 nuevos radares en carreteras de once Comunidades Autónomas. Estos forman parte del Plan de instalación de los 122 nuevos puntos de control de velocidad en carreteras convencionales y vías de alta ocupación previstos para 2025 de los que ya se han puesto en servicio 106 y que se terminarán de instalar a lo largo de 2026.
Estos nuevos cinemómetros, 20 fijos y 13 de tramo, están ubicados en carreteras de Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Comunidad de Madrid, Comunidad Valenciana, Galicia y Murcia, tal y como se puede ver en la siguiente tabla:
Como es habitual, estos nuevos puntos de control de velocidad están señalizados en la carretera, publicados en la página web de la DGT y sus ubicaciones puestas a disposición de los operadores para que los incluyan en sus navegadores.
Durante el primer mes de funcionamiento, los conductores que circulen a una velocidad superior a la permitida por las carreteras donde están ubicados estos nuevos radares, recibirán una carta informativa advirtiéndoles de que han sido captados por un radar con exceso de velocidad. Pasado este tiempo, el conductor que supere la velocidad será denunciado y recibirá una multa con el importe correspondiente.
Como explica la DGT, está demostrado que la velocidad no solo afecta al riesgo de verse involucrado en un siniestro de tráfico sino también que, a mayor velocidad más difícil será reaccionar a tiempo para prevenir el siniestro y más graves serán las lesiones producidas a consecuencia de éste, por lo que el objetivo de los puntos de control no es solo reducir el número de siniestros mortales, sino también de heridos graves.
Desde que en el año 2005 llegara a nuestro país el primer plan de radares fijos, éstos, junto con otras medidas adoptadas, han ayudado a la reducción en estos años de un 75 por ciento del número de víctimas mortales.
Desde entonces hasta ahora, los puntos de control de velocidad siguen salvando vidas, porque la velocidad inadecuada sigue estando presente como factor concurrente en el 24% de los siniestros mortales acaecidos en carreteras. En 2024, con datos consolidados, se registraron 307 siniestros mortales en los que este factor estuvo presente.
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