Multado con 200 euros por llegar a una incorporación y acelerar con cuidado pero sin fijarse en la señal del suelo: la Guardia Civil extrema la vigilancia con esta señal de toda la vida
También conlleva la pérdida de 4 puntos de carné

Controles de la Guardia Civil / Ángel González / LNE
Conducir excediendo los límites de velocidad, tras el consumo de alcohol o sin cinturón de seguridad son infracciones por las que pueden multarte. Hay otras infracciones que pueden ser desconocidas para ti, te explicamos todo los que necesitas saber sobre las sanciones. Para poder circular de una manera segura es importante que todos conozcamos y cumplamos con las normas de circulación. La normativa sobre tráfico no sólo se aplica a los conductores de vehículos, sino a todos los usuarios de la vía, como peatones o ciclistas.
De esta manera, las multas leves suelen ser sanciones de 100 euros que no conllevan pérdida de puntos. Por su parte, las infracciones graves son de 200 euros y "algunas" llevan la pérdida de puntos de carné. Las multas muy graves, por el contrario, llevan una sanción de 500 euros y siempre hay pérdida de puntos.
La nueva Ley de Tráfico ha traído muchos cambios, como la de derogar el margen de 20 km/h para poder adelantar en las carreteras convencionales o el aumento de puntos restados ante infracciones relacionadas con el teléfono móvil. Es más, hasta un ambientador en el retrovisor puede acarrear una sanción si el policía lo estima conveniente. Tantos cambios han acabado por afectar, también, al margen de los radares de la Dirección General de Tráfico (DGT).
A la hora de adelantar mal, la persona que conduce se puede enfrentar a una sanción económica y a la pérdida de puntos. Teniendo en cuenta las tablas con las que la Dirección General de Tráfico establece las sanciones por exceso de velocidad, estos pueden ser los castigos.
Si un vehículo adelanta a otro a una velocidad entre 91-120 km/h: 100 euros (sin pérdida de puntos); a 121-140 km/h: 300 euros y 2 puntos; a 141-50 km/h: 400 euros y 4 puntos; a 151-160 km/h: 500 euros y 6 puntos; a 161 km/h en adelante: 600 euros y 6 puntos
Según la DGT hay un tipo de sanción que pasa inadvertida para los conductores y que conlleva la pérdida de 4 puntos de carné y una sanción económica de 200 euros. "El semáforo en rojo y la señal de STOP obligan a parar siempre. En el caso del STOP, esta obligación afecta también a las marcas viales pintadas en la calzada, aunque no exista señal vertical. Ignorar la prioridad de paso es uno de los factores con mayor presencia en la accidentalidad vial".
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