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Adiós a aparcar sin la v-15 en ciudad: la Guardia Civil extrema la vigilancia con multas de hasta 200 euros y retirada de vehículo

Una infracción que se considera muy grave

Agentes de la Policía

Agentes de la Policía / RODRIGO JIMENEZ / EFE

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Si hay un dispositivo de la Dirección General de Tráfico (DGT) que ha sido sinónimo de polémica, esa ha sido la baliza v-16. Desde el anuncio de su uso, allá por 2025, son muchos los debates y dudas que se han generado sobre el uso de ese dispositivo. Y es que la baliza es obligatoria en coches desde el pasado 1 de enero 2026 y sustituye a los triángulos de toda la vida.

Pero, ¿y qué pasa con las motos? Tal y como explican los expertos de RACE, "si tienes una moto y tienes un percance que te obliga a detenerte en el arcén de una carretera, no es obligatorio llevar la luz de emergencia V16, aunque su uso está permitido y recomendado por la DGT. Desde el RACE, aconsejamos incorporar también la luz de emergencia conectada en vehículos de dos ruedas por su tamaño compacto, facilidad de uso y mejora de la visibilidad en situaciones de emergencia".

Pero, más allá de este dispositivo, existen otras normas que muchos usuarios de las dos ruedas ignoran por completo, sobre todo, a la hora de aparcar en ciudad. Es cierto que las motos ocupan menos espacio que un coche a la hora de aparcar en la calle, peo hay que tener mucho cuidado dónde se aparca. Sobre todo ocurre a la hora de aparcar en plazas de minusvalidos. Cuando aparcas de forma incorrecta en una plaza de alguien que tiene movilidad reducida ‘sólo un momento’ para hacer algún recado debes recordar que con tu gesto estás poniéndole las cosas difíciles a esa persona que necesita ese espacio reservado. Por eso, recuerda que te pueden poner una multa por aparcar en una plaza reservada para una persona con movilidad reducida, explican desde RACE.

Las plazas de usuarios con movilidad reducida son necesarias para aquellas personas a las que les supone un esfuerzo desplazarse a un punto en concreto. Precisamente, existen esas plazas reservadas porque están más próximas a un hospital, un centro comercial, un supermercado o incluso a una vivienda. De hecho, hay plazas que incluyen la matrícula del coche del afectado en la señal vertical, lo que les da el derecho a ser los únicos que pueden utilizar dicha plaza; ningún otro usuario, incluido cualquier otra persona con movilidad reducida, la puede utilizar.

Estas plazas tienen otra peculiaridad, y es que son más anchas que los demás aparcamientos de la calle. Esto es porque en ciertas ocasiones las personas necesitan más espacio para bajarse del vehículo, por ejemplo, para colocar su silla de ruedas o para bajarse del coche con las muletas. De ahí que necesiten esa plaza especial. La multa por aparcar en este tipo de plazas es de 200 euros con la posibilidad de reducirse a la mitad (100 euros) con el descuento por pronto pago. Una norma que también afecta a los usuarios de motocicletas. Solo está permitido aparcar a los vehículos que cuentan con la señal v-15 o, lo que es lo mismo, que tenga la tarjeta de usuario con discapacidad.

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