La multa de 800 euros que está llegando a cientos de conductores en varias ciudades de España y que conlleva retirada del vehículo al depósito sin excepción: la Guardia Civil comienza a aplicar la norma del BOE
Las sanciones pueden elevarse a 500 euros y alcanzar 1.000 euros

La Policía Local de Valencia en la campaña de control VMP (vehículos de Movilidad Personal) / BIEL ALIÑO / EFE
Ojo a los propietarios de patinetes, conocidos por Tráfico como Vehículos de Movilidad Personal (VMP. El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el Real Decreto 52/2026 del 28 de enero que regula el funcionamiento del Registro de Vehículos Personales Ligeros, un paso clave para hacer efectiva la obligación de asegurar los vehículos de movilidad personal (VMP), conocidos popularmente como patinetes eléctricos.
A partir de ahora, estos vehículos deberán inscribirse en el Registro Nacional de Vehículos que gestiona la Dirección General de Tráfico (DGT). La puesta en marcha del registro da cumplimiento a la disposición adicional primera de la Ley 5/2025, de 24 de julio, que modificó la normativa sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor para incluir a los VMP.
Aunque la obligación de contar con seguro entró en vigor el pasado 2 de enero, su aplicación práctica estaba pendiente de la creación de este registro, considerado requisito indispensable para poder contratar la póliza obligatoria. Para los que los desconozcan, la nueva normativa divide en dos los tipos de VMP. Primero, los que cuentan con certificado de circulación. Desde el 22 de enero de 2024 solo se pueden comercializar estos modelos, que incorporan una placa de marcaje de fábrica única, permanente y legible. Para inscribirlos será necesario aportar los datos del titular, el número de certificado y el número de serie, además de abonar la tasa correspondiente. Una vez completado el trámite, la DGT expedirá un certificado de inscripción digital. Por otro lado, se encuentran los VMP que no disponen de certificado de circulación. Estos vehículos, que no cumplen los requisitos técnicos actuales y carecen de placa de marcaje, podrán seguir circulando en régimen transitorio hasta el 22 de enero de 2027. No obstante, también deberán inscribirse en el registro y contar con el seguro obligatorio. En este caso, bastará con adjuntar documentación básica como la factura, la ficha técnica o una fotografía del vehículo.
Muchas ciudades de España ya han comenzado a relizar controles y sancionar tras la nueva norma. La Policía Local de León ha tramitado 162 sanciones a conductores de patinetes durante las dos primeras semanas de 2026 tras entrar en vigor nueva Ordenanza de Movilidad, que introduce cambios en la normativa referente a los Vehículos de Movilidad Personal (VMP). En cuanto a los motivos, el 75 por ciento de las multas, un total de 122 interpuso por circular sin casco u otros elementos de protección obligatorios, mientras que el 11 por ciento de las sanciones, concretamente 18, fue a causa de circular por vías no autorizadas o hacerlo a una velocidad inadecuada, según ha informado a Europa Press en un comunicado el Ayuntamiento de León. También La Policía Local de Valencia ha reforzado los controles sobre los patinetes eléctricos en distintos puntos de la ciudad, "dentro de una línea de actuación orientada a mejorar la seguridad vial, ordenar el uso de estos vehículos y responder a las demandas trasladadas por asociaciones vecinales en barrios donde se han detectado problemas de convivencia y uso ordenado del espacio público entre los vehículos de movilidad personal (VMP) y el resto de vecinos", así lo ha asegurado el concejal de Movilidad y Policía Local, Jesús Carbonell.
El balance operativo de la primera semana asciende a 161 vehículos controlados, 219 denuncias y 129 inmovilizaciones de VMP. Esto supone que aproximadamente el 80,1% de los vehículos inspeccionados acabaron inmovilizados. Además, circular con los patinetes trucados que superen velocidades por encima de las permitidas (25 km/h) conlleva que el vehículo sea inmovilizado y retirado al depósito.
En cuanto a las sanciones, la DGT señala que circular por zonas prohibidas, entre ellas las vías interurbanas, las travesías, las autovías o las autopistas, constituye una infracción grave, sancionada con 200 euros de multa, sin detracción de puntos. Esa misma cuantía se aplica al uso del móvil o de auriculares mientras se conduce un VMP.
Las sanciones pueden elevarse a 500 euros en caso de conducir bajo los efectos del alcohol y alcanzar 1.000 euros cuando se detecta consumo de drogas, con la posibilidad de inmovilización del vehículo.
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