Multado con 200 euros e inmovilización del vehículo pese a circular respetando la de velocidad pero errar en lo que pasa en el asiento trasero: la Guardia Civil extrema la vigilancia
Una sanción que ya se vigila y que se suele cometer al air a la playa o al ir a las fiestas del pueblo

Jota Caral
A la hora de circular por carretera siempre vamos pendientes de la velocidad. Este tipo de infracciones son las más habituales. De hecho, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha hecho público recientemente el Anuario Estadístico General 2025, en él podemos observar datos interesantes sobre la movilidad en nuestro territorio. La cifra es demoledora: en 2025 se pusieron un total de 6.106.354 denuncias por infracciones de tráfico.
Pero más allá de la velocidad, hay otras infracciones que se deben tener en cuenta, sobre todo de cara al verano. Y es que es habitual que con las fiestas de los pueblos o incluso el ir a la playa cometamos una infracción dentro del coche, aunque se conduzca a la velocidad adecuada.Una sanción que puede llevar una multa económica e, incluso la inmovilización del vehículo.
Como apuntan los expertos de RACE, una de las causas más comunes a la hora de inmovilizar un vehículo tiene que ver con el consumo de alcohol y/o estupefacientes. Si el resultado de unas pruebas de alcoholemia es positivo, el agente podrá proceder, en virtud del artículo 25 de la Ley de Tráfico, a la inmediata inmovilización del vehículo, siempre que no pueda hacerse cargo de él otra persona debidamente habilitada para ello. La inmovilización también es procedente en caso de que el usuario se niegue a someterse al control de alcoholemia o a un test de detección de estupefacientes. En ambos casos, la multa incluye una fuerte sanción económica y la pérdida de puntos del carnet: si es por alcohol, será de 500 o 1.000 euros y de cuatro a seis puntos, según la tasa. Si es por drogas, será siempre de 1.000 euros y seis puntos (además de delito).
Pero otra razón por la que te pueden sancionar es si el vehículo presenta una ocupación excesiva de, al menos, un 50 % más de las plazas autorizadas, sin contar el conductor. Por ejemplo, en un coche de cinco plazas, sería motivo de inmovilización el circular con ocho o más personas dentro. La multa es de 200 euros. Así que la norma establece no sobrepasar el número de plazas del vehículo, dado que cada una cuenta con su propio cinturón de seguridad. Y es que, a su vez, la sanción por no llevar este elemento de seguridad obligatorio es una infracción grave sancionada con una multa, también, de 200 euros.
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